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lunes, 29 de noviembre de 2010

70 PREGUNTAS PARA MEDIR SU CONOCIMIENTO SOBRE EL PROGRESO DE CONVERGENCIA HACIA IFRS(NIIF)

 1.Los estados financieros son el vehículo para suministrar información financiera que sea útil para toma de decisión. A nivel internacional se han desarrollado normas que convergen hacia ese objetivo. El congreso ha ordenado que se  haga un proceso de convergencia entre nuestras normas y las internacionales con participación activa  ¿Esta consiente que lo que se pide es converger hacia normas para preparación de estados financieros de propósito general?
2. Nuestra legislación contable no se ha comprometido con la definición de los que son normas de contabilidad, de información financiera y se aseguramiento. Por el contrario nos hemos visto invadidos por múltiples dinámicas contables incluidas en planes de cuentas que no obedecen a un marco conceptual único. ¿Los integrantes del CTCP están sintonizados con la clara intención de emitir normas basadas en principios y con la definición que la ley ha dado a las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento? 
3. En Colombia no se había aclarado la distinción entre ente regulador, normalizador y de supervisión en la cadena de suministro de información financiera. El CTCP ha sido clasificado como normalizador técnico. ¿El nuevo CTCP reconoce los límites de sus nuevas funciones para el futuro, y su papel en el proceso de convergencia? ¿La función interpretativa, de emisión de guía y de normas técnicas especiales queda definitivamente en manos de  las autoridades de vigilancia?

4. La ley ha definido cuatro ejes temáticos para el proceso de regulación de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento
          Preparación, conservación y difusión electrónica dentro del  sistema documental contable y en especial los estados financieros con sus notas,
          Registro electrónico de los libros de comercio y al depósito electrónico de la información
          Adelantar un proceso de recopilación de normas vigentes (nomograma) expedidas por las diferentes autoridades de supervisión.
          Preparar los borradores proyectos para discusión dentro del proceso de convergencia de la reglamentación contable colombiana  con las normas y  estándares internacionales de aceptación mundial (Contabilidad, Información Financiera, Aseguramiento, Actuación profesional y Ética, Guías de Educación).
¿El CTCP debe intervenir en cada uno de estos ejes temáticos? ¿Cuenta el CTCP con los recursos necesarios para adelantar una agenda que permita una discusión técnica sobre estos ejes temáticos?
5.  Según la ley es deber de CTCP promover un proceso tendiente a sensibilizar y socializar los procesos de convergencia durante todas las etapas de su implementación. ¿Podríamos esperar que la discusión se genere sin actores predefinidos y  con verdadera representación del Ministerio de Educación, y con los ministerios Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo?

6.         Dentro de cada uno de estos ejes temáticos encontraremos problemas como la homologación de la terminología para entender las bases de conclusiones en la emisión de normas internacionales, y la existencia de múltiples versiones normativas  emitidas por las autoridades colombianas de vigilancia y control. ¿Es consciente en nuevo CTCP de esta problemática? Y como piensa abordar su solución?
7.         Los artículos del 2649 y de la ley 43 esquematizan la estructura de las normas de información financiera y de auditoria. ¿Se podría, en aras de conservar la consistencia, conservar   esta estructura normativa y más bien hacer el desarrollo de la discusión a partir de ellos?
8.         El desarrollo normativo de la contabilidad en Colombia se ha hecho siguiendo modelos de planes de cuentas, dando esto como consecuencia unas normas basadas en reglas. Siendo las normas internacionales basadas en principios. ¿Se debería ajustar los PUCs a principios y recortar la prescripción de las dinámicas, dejando un único plan contable empresarial que se ajuste al marco conceptual único?
9.         Las necesidades contables de nuestro mercado de capital no está alineado con la dinámica de la convergencia IASB-FASB. Las particularidades de nuestras necesidades de información para fines distintos al mercado de capital no se ha contrastado las propuestas del comité Blue Ribbon de USA ni con  las IFRS PYME de la IASB. ¿Tiene el nuevo CTCP el propósito de hacer seguimiento activo de estos proyectos de convergencia internacional para  garantizar la permanente actualización de nuestras normas?
10.      La  FASB, IASB e IFAC tienen un claro y público compromiso para converger hacia un único conjunto de normas de alta calidad y de aceptación mundial. ¿Estaría el CTCP  comprometido en el seguimiento de los diferentes cronogramas de los múltiples proyectos de convergencia mundial?
11.      La SSPD está dentro de un proceso de convergencia anticipada y la GGN ha llevado a cabo un proceso de armonización técnica de su plan de contabilidad pública con las normas de información financiera gubernamental de IFAC. ¿Es de competencia del nuevo CTCP  la revisión de los resultados de estos procesos?
12.      ¿Tendrá en cuenta el nuevo CTCP  la convergencia mundial hacia normas únicas de aseguramiento y su especialización en el riesgo, comprándolas contra la ley 43?
13.      ¿Piensa el CTCP proponer la tecnología XBRL ad-hoc para repositorios de estados financieros y para la administración electrónica de soportes contables?
14.      La educación del contador en Colombia está orientada más hacia la disciplina contable que a la emisión de opinión profesional. ¿Tiene la CTCP alguna sugerencia para hacer un plan de mejoramiento educativo hacia perfiles de alta competitividad internacional? ¿Cuál de los dos perfiles necesita la CGN?
15.      ¿Dónde podría el CTCP situar la discusión para los normas de educación  hacia las Competencias definidas en las guías educativas de IFAC?
16.      ¿Qué es convergencia hacia estándares? ¿Debe ser una convergencia activa o pasiva? ¿Convergencia activa implica agenda conjunta con los entes normalizadores internacionales? ¿La convergencia pasiva buscara la adopción de estándares internacionales tal y como son emitidos? ¿Cuáles son los estándares de más aceptación como lo exige la ley?
17.      ¿Del debido proceso para la discusión de proyectos que? ¿Tenemos un ente exclusivamente de normalización técnica o también debe ser órgano consultivo del estado y orientativo de la profesión? ¿Debe actuar el ente normalizador como oficina administrativa o como órgano de deliberación? ¿Cuáles proyectos empezar y con qué apoyo? ¿Por qué es necesario realmente emplear  asesores?  ¿El debido proceso aprobado contiene procedimientos que garanticen que las  decisiones de la autoridad de normalización técnica sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas posibles para sus destinatarios?
18.      ¿Cómo  asegurará que sus propuestas (del CTCP) se ajusten a las mejores prácticas internacionales? ¿Y cómo tendrá en cuenta las diferencias entre los entes económicos para la formulación de estas propuestas?

19.      ¿Ya se dispone de las facilidades para la publicación y discusión pública de los borradores de sus proyectos en medios que garanticen su amplia divulgación?
20.      ¿Y de la colaboración interinstitucional qué? ¿Qué pasa con la constitución de los grupos de apoyo? ¿Dónde están los procesos de divulgación, conocimiento y comprensión? ¿Dónde andan los gremios? ¿No debería haber un gesto de cortesía con los anteriores miembros del CTCP e invitarlos como grupo de apoyo especial?
21.      ¿Cómo andan los análisis de impacto? ¿De quién es esta responsabilidad? ¿Ya se está aprovechando el esfuerzo armonizador de la CGN y la convergencia anticipada de la SSPD? ¿Cómo se debe seguir interpretando la independencia de la CGN para la expedición de normas contables y de información financiera? ¿Cuándo le toca revisar al ente normalizador los planes de cuentas “convergentes con estándares internacionales”? 
22.      ¿Cómo podremos estar seguros que se “evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de normalización internacional en estas materias y promoverá un consenso nacional entorno a sus proyectos.”?
23.      ¿Cuál será el criterio con que se “Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información, que adelanten instituciones internacionales”? ¿Cómo está el nivel de inglés como segunda lengua?
24.      ¿Cuáles serían los criterios de complejidad para decretar vigencias diferenciadas?
25.      ¿Qué pasaría con los estándares que están pendientes por entrar en vigencia y los que están en estudio para su modificación?
26.      ¿Y de la modernización para la preparación, conservación y difusión  electrónica del sistema documental contable así como de la información financiera?
27.      ¿Conoce usted la ley (1314) que ordena la convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad e información financiera? ¿La conoce el ente regulador?
28.      Muchas voces autorizadas se han levantado para atacar, defender o ilustrar sobre la ley 1314 que ordena muchas cosas, entre ellas una convergencia hacia estándares de información financiera  de mayor aceptación mundial. Estas voces, con excelentes argumentos han despertado el interés de muchos contadores académicos, pocos contadores practicantes y de muy pocos empresarios. A estas voces que ya se expresaron no se les puede marginar del proceso de discusión, son un grupo de apoyo de forzosa existencia. 
29.      Un problema es si además de los grupos que se expresaron durante tantos años, los demás –como ellos–  entendemos y conocemos todo: ¿entendemos o  conocemos los conceptos, objetivos y procesos ordenados en esta ley?
30.      Un problema importante es el político ¿Sabe usted con qué intereses se hizo la ley de convergencia (1314)? ¿Sabe que creencias sobre el bien público destruye y que conocimiento pretende construir sobre este aspecto? ¿Las autoridades de normatividad técnica  y de regulación designadas actuaran con criterio y argumentos técnicos?
31.      Otro problema es la aplicabilidad  ¿Cuántos empresarios o profesionales cuentan con capacidad, competencia y pueden desempeñarse en la aplicación de estos conceptos? ¿Son estos conceptos solamente para los contadores?
32.      Para ayudar a la reflexión y la participación proactiva en este proceso de discusión seria conveniente que empecemos por enfrentarnos a unas preguntas sacadas del corazón mismo de la redacción de la ley 1314.
33.      ¿Qué es información contable? ¿Qué es información financiera?
34.      ¿Que son normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información?
35.      ¿Cuáles son las partes interesadas en la información contable, cuales en la información financiera o en ambas? ¿Es el agente del aseguramiento el mismo que el de la auditoria, o es el mismísimo revisor fiscal?
36.      ¿Qué es la toma de decisiones económicas?
37.      ¿Qué decisiones económicas deben tomar las partes interesadas con la información contable y financiera?
38.      ¿Cómo conformar un sistema único y homogéneo de alta calidad compuesto por normas contables  y de información financiera?
39.      ¿Cómo darles característica de comprensibilidad  y  como asegurar su forzosa observancia?
40.      ¿Qué son y cuáles son los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional?
41.      ¿Cómo se hace la internacionalización de las relaciones económicas y como las afectan unas normas convergente hacia estándares internacionales?
42.      ¿Cuáles son los estándares internacionales de más aceptación mundial? ¿Qué son y cuáles son las mejores prácticas? ¿Qué es la rápida evolución de los negocios?
43.      ¿Qué es un sistema documental contable? ¿Cómo se hace la preparación, conservación  y difusión electrónica de los objetos de este sistema?
44.      ¿Cómo y para que se hace  un registro electrónico de los libros de comercio? ¿Qué es y para que se hace un depósito electrónico de la información?
45.      ¿Qué es autenticidad y que la integridad documental?
46.      ¿Qué implicación tiene y para qué hay que registrar libros ya diligenciados?
47.      ¿Porque las facultades de intervención establecidas en esta Ley no se extienden a las cuentas nacionales, ni a la contabilidad presupuestaria o la contabilidad de costos?
48.      ¿Qué es contabilidad financiera gubernamental? ¿Por qué se le  sustrae del ámbito de aplicación de esta ley?  ¿Tiene el Contador General de la Nación la misma autoridad que el ente de normalización técnica en cuanto la información financiera y su aseguramiento?
49.      ¿Qué es llevar contabilidad?   ¿Qué es preparación de estados financieros? ¿Qué es otra información financiera?  ¿Qué es y cómo se debe hacer la “promulgación” de estados financieros? ¿Qué es aseguramiento de estados financieros? ¿Qué es aseguramiento de otra información financiera? ¿Qué es revisoría fiscal y para qué sirve?
50.      ¿Cómo deben intervenir– adicionalmente de los contadores públicos–  los funcionarios  u otras personas en la preparación, promulgación y aseguramiento de estados financieros y otra información financiera?
51.      ¿Qué es llevar contabilidad simplificada? ¿Cómo se emiten estados financieros y revelaciones abreviadas?  ¿Qué es aseguramiento de información de nivel moderado?
52.      ¿Cómo sería un modelo de normas de contabilidad y de información financiera para las microempresas? Como lograr que este modelo asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales del artículo 499 del Estatuto Tributario?
53.      ¿Conoce usted la ley (1314) que ordena la convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad e información financiera? ¿La conoce el ente regulador?
54.      Siguiendo con el propósito de ayudar a la reflexión y la participación proactiva en el proceso de discusión de convergencia normativa, a continuación se presentan unas preguntas sacadas del corazón mismo de la redacción de la ley 1314.
55.      ¿Que son operaciones económicas?
56.      ¿En la práctica, como se  hace para  identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones económicas?
57.      ¿Cómo se entienden  en los estándares internacionales los siguientes conceptos: postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales?
58.      ¿Informar tiene implícitas las aserciones sobre identificar, medir, clasificar, reconocer, revelar?
59.      ¿Cómo un estándar internacional de información financiera permite interpretar, analizar, evaluar e informar?
60.      ¿Dentro de las prácticas internacionales quien emite interpretaciones y guías?
61.      ¿Cómo se hace para  reconocer y revelar los recursos y hechos económicos?
62.      ¿Cómo se distingue la esencia o realidad económica de los recursos y hechos económicos?
63.      ¿Qué es efecto impositivo y que es efecto fiscal?
64.      ¿Cómo se distingue el efecto impositivo de las normas que adoptan estándares internacionales?
65.      ¿Cuándo una norma contable puede regular la materia tributaria? ¿Pueden o podrán las disposiciones tributarias tener efectos en la preparación de estados financieros?
66.      ¿Las normas de aseguramiento de información se aplican solo a la información histórica?
67.      ¿Qué es auditaría? ¿Qué es revisión? ¿Cuáles son las normas de aseguramiento diferente a la auditoría y a la revisión?
68.      ¿Quiénes deben aplicar control de calidad a los encargos de aseguramiento?   Las normas de control de calidad de los trabajos las deben aplicar quienes practiquen auditarías externas y revisoría fiscal,  o solamente  las firmas de auditoría?
69.      ¿Qué es auditaría integral? ¿Las normas a expedir para reglamentar la auditoría integral tocaran a la revisoría fiscal?
70.      ¿Todo servicio de aseguramiento debe ser llevado a cabo bajo la supervisión de un contador público?

"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

1 comentario:

  1. Bien a parte de estas yo haría otra y como se esta preparando las Universidades, los Administradores de las Compañías y los entes de control sobre el manejo de esta información es mas creo que esta Ley 1314 del 2009, sera ampliado el plazo. No estamos preparados.

    Alfovi

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