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martes, 27 de agosto de 2013

El éxito de la adopción de IFRS (NIIF) depende única y exclusivamente del CTCP.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) es la autoridad de normalización técnica con responsabilidad por preparar, hacer discutir y recomendar los proyectos de convergencia. El CTCP tiene esta responsabilidad expresamente designada en una ley de la república.

El éxito de la aplicación de IFRS (NIIF) en las empresas depende única y exclusivamente de la manera como el CTCP interpretó la ley de convergencia y como manejó los proyectos de convergencia.

El CTCP debió decirles  a los contadores por qué se les cambia las normas técnicas del Decreto 2649 y las dinámicas de los PUCs por las reglas de reconocimiento y medición de los estándares IFRS (NIIF).

El CTCP debió decirle a cada empresario por qué se le está haciendo incurrir en costos de implementación de unos estándares para preparación de información financiera bajo IFRS (NIIF). ¿Lo saben?

El CTCP debió decirles a las autoridades del estado por qué y cómo la información financiera preparada con IFRS (NIIF) que se necesitan para la toma de decisiones impacta en la economía nacional. ¿Lo saben?

El CTCP debió decirle a la academia que debe estar consciente de la necesidad de formar contadores que emitan juicio profesional en la preparación  y  en el aseguramiento de la información financiera bajo IFRS (NIIF). ¿Lo están?

EL CTCP debe explicar por qué la Revisoría Fiscal no debe seguir dando respuestas antiguas a la necesidad de control interno sobre información financiera en tiempos de la información digital. ¿Dije algo malo?

El CTCP debió aconsejar a las autoridades del estado que deben procurar que los costos de la implementación de los estándares IFRS (NIIF) no sean muy elevados para una empresa típica nacional que no tiene la responsabilidad pública de proveer información.

El CTCP debió decirles a todos que tienen que dejar de pensar en el XBRL como el santo grial que va a asegurar el suministro de información financiera sin necesidad de los juicios profesionales de los contadores públicos. 


Esta es una opinión argumentada ampliamente y no es una falta de respeto a los colegas que actúan como consejeros. Lo de sabios lo dijo  Simón Gaviria en el proyecto de la ley 1314.  

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"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

1 comentario:

  1. Pues no toda la responsabilidad es del CTCP, observe este decreto, en Colombia prima la protección de las élites extractivas.
    Decreto 1851 del 27 de Agosto de 2013.

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