La autoridad de regulación para la Contaduría Publica (de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información) quedó en cabeza de los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente.
Esta autoridad de regulación respetará las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación y trabajará su actividad regulatoria de acuerdo a las recomendaciones debidamente fundamentadas por parte del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP).
Esta autoridad de regulación respetará las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación y trabajará su actividad regulatoria de acuerdo a las recomendaciones debidamente fundamentadas por parte del Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP).
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) será, a partir del 2010, un organismo de dedicación exclusiva a la normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información. Para llevar a cabo esta actividad el CTCP debe tener en cuenta únicamente los estándares internacionales y para ello esta autorizado para participar en los procesos de elaboración de normas que adelanten instituciones internacionales, de cuyas normas vigentes y futuras basará sus recomendaciones al ente regulador.
Dentro del debido proceso para los proyectos de recomendación de normas, los que deben obedecer a criterios de costo -beneficio y celeridad, el CTCP debe promover un proceso de divulgación, conocimiento y comprensión de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de información con estándares internacionales. En este proceso el CTCP deberá recibir asesoría de grupos de expertos y de comités compuestos por autoridades, preparadores, aseguradores y usuarios de la información financiera, así como recibir también los análisis de impacto por parte de las diferentes agencias estatales.
El texto definitivo de las normas será expedido por el ente regulador; y las entidades de supervisión (Superintendencias) serán las encargadas de velar por el cumplimiento en la aplicación de la regulación. Para ello expedirán normas especiales, interpretaciones y guías de cumplimiento.
Nos quedaría por definir la orientación profesional que según las prácticas internacionales debería estar en cabeza de las agremiaciones profesionales. Esta actividad era antes una función del CTCP.
La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global
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