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Excel se convierte en una herramienta de inteligencia de negocios: Hojas Inteligentes

E xcel se convierte en una herramienta de inteligencia de negocios: Hojas Inteligentes El Excel tradicional puede crear, copiar y pe...

martes, 30 de noviembre de 2010

Si a las IFRS (NIIF): Más pragmatismo, más combinación de perfiles de contadores públicos y menos politiquería en la convergencia hacia estándares únicos.

Mientras en el mundo la principal preocupación para la toma de decisiones económicas es la credibilidad otorgada a los estados financieros de propósito general preparados de acuerdo a la disciplina contable, en Colombia la credibilidad de la información para estos mismos propósitos parecería que se le otorga directamente a la información contable en libros contables.
Que lento, engorroso y que costoso seria tomar decisiones económicas a nivel de cuentas y de libros contables. Hay que considerar que la necesidad de darle credibilidad a los estados financieros de propósito general para la toma de decisión fue lo que motivó la existencia de la Contaduría Pública. Pretender aplicar normas de reconocimiento, medición, presentación y revelación a nivel de cuentas, además de innecesario es contrario a la práctica general. ¡Hay que cambiar el rumbo!
Los libros contables impresos en papel están diseñados especialmente para asegurar la autenticidad e integridad de lo que se escribe en ellos. En ellos se deben escribir (asentar) los resúmenes de  los distintos comprobantes de contabilidad relacionados muy intrínsecamente con los ciclos contables de los negocios.
En los libros se hacen resúmenes a nivel de cuentas  “a lo sumo mensual”,  de la cronología de los negocios y de los eventos contables de las organizaciones por periodos. Esta presentación cronológica se hace de acuerdo a una dinámica contable que permite resumir  el movimiento de las cuentas  a lo sumo mensual”,  para llegar una representación no estructurada de la ecuación patrimonial llamada balance de prueba, cuyo fin es ese, probar que todo “cuadra”.
Hasta el balance de prueba llega el proceso de lo que se ha llamado tradicionalmente disciplina contable, con sus innumerables tareas administrativas que también se le han asignado a esta disciplina. En este balance de prueba la unidad de información es la cuenta codificada.
El suministro de información a nivel de cuenta se reafirmó cuando más de una autoridad gubernamental quedó autorizada para emitir Planes Únicos de Cuentas (PUC) y prescribir la dinámica contable a nivel de documento soporte de las transacciones y los eventos. Esta potestad reglamentaria se vio desbordada cuando con ella se elude la confianza dada a la información a nivel de los rubros de los estados financieros de propósito general. Al Contador Público, entonces, se lo relega a ser un suministrador de información de propósito especial pero a los niveles indicados por la estructura de los códigos de los PUCs, vulnerando así el mandato de la ley que le otorga a este profesional la potestad otorgar fe pública a nivel de estados financieros.
Sin embargo, esta imposición le permitió al profesional de la Contaduría Pública suministrar servicios profesionales en dos niveles de la disciplina contable: al nivel mecánico y al nivel lógico. El nivel lógico se caracteriza por la autonomía e independencia de su ejercicio y la emisión de juicios profesionales sobre la información financiera de propósito general como producto final. En la mecánica contable a su vez, el contador se le ha confundido con el apoyo administrativo, la preparación de información de propósito especial y en última  con las tareas propias de la asistencia gerencial. Afortunadamente se generó una “tercera vía”, con el hibrido mecánico–lógico de la fiscalización societaria y con una “actividad conexa”, la asesoría tributaria, posicionándose estas como los servicios de más impacto profesional en la Contaduría Pública.
En el nivel lógico  la podríamos definir así: “Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente, está facultado para dar fe pública de hechos propios del ámbito de su profesión, dictaminar sobre estados financieros”. En este nivel lógico quedarían “certificaciones y dictámenes sobre estados financieros, certificaciones que se expidan con fundamento en libros de contabilidad, revisoría fiscal, prestación de servicios de auditoría”. 
En el nivel mecánico  –disciplina contable tradicional– cabe la definición  “Se entiende por Contador Público la persona natural que, mediante la inscripción que acredite su competencia profesional en los términos de la presente, está facultada para (…) realizar las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general”.
En este nivel, entonces, quedan catalogadas “las demás actividades relacionadas con la ciencia contable en general”  como  “todas aquellas que implican organización, revisión y control de contabilidades” (…) “así como todas aquellas actividades conexas con la naturaleza de la función profesional de Contador Público, tales como: la asesoría tributaria, la asesoría gerencial, en aspectos contables y similares.
Ahora bien, habiéndose probado en la práctica la necesidad de estos dos niveles de la disciplina contable, donde en el nivel mecánico se ha dado un prolongado matrimonio con las normas basadas en reglas en cuya aplicación nuestros profesionales han probado sobrada idoneidad, se presenta la oportunidad de participar en el mercado de la preparación y el aseguramiento de información con estándares internacionales basados en principios.
O sea, se expande el nivel lógico de la disciplina contable, sin matar o despreciar el nivel mecánico de la disciplina contable, ni mucho menos la actividad híbrida mecánico–lógico de la fiscalización societaria  o la actividad conexa de la asesoría tributaria. El nivel lógico, donde se nos pide emitir juicios basados en principios y aplicación de reglas basadas también en principios  nos llega con la aplicación de las IFRS (NIIF). Para bien o para mal hay que adaptar al país para entrar en una época de relevancia de la información financiera, ¡no hay marcha atrás!.


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"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

lunes, 29 de noviembre de 2010

70 PREGUNTAS PARA MEDIR SU CONOCIMIENTO SOBRE EL PROGRESO DE CONVERGENCIA HACIA IFRS(NIIF)

 1.Los estados financieros son el vehículo para suministrar información financiera que sea útil para toma de decisión. A nivel internacional se han desarrollado normas que convergen hacia ese objetivo. El congreso ha ordenado que se  haga un proceso de convergencia entre nuestras normas y las internacionales con participación activa  ¿Esta consiente que lo que se pide es converger hacia normas para preparación de estados financieros de propósito general?
2. Nuestra legislación contable no se ha comprometido con la definición de los que son normas de contabilidad, de información financiera y se aseguramiento. Por el contrario nos hemos visto invadidos por múltiples dinámicas contables incluidas en planes de cuentas que no obedecen a un marco conceptual único. ¿Los integrantes del CTCP están sintonizados con la clara intención de emitir normas basadas en principios y con la definición que la ley ha dado a las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento? 
3. En Colombia no se había aclarado la distinción entre ente regulador, normalizador y de supervisión en la cadena de suministro de información financiera. El CTCP ha sido clasificado como normalizador técnico. ¿El nuevo CTCP reconoce los límites de sus nuevas funciones para el futuro, y su papel en el proceso de convergencia? ¿La función interpretativa, de emisión de guía y de normas técnicas especiales queda definitivamente en manos de  las autoridades de vigilancia?

4. La ley ha definido cuatro ejes temáticos para el proceso de regulación de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento
          Preparación, conservación y difusión electrónica dentro del  sistema documental contable y en especial los estados financieros con sus notas,
          Registro electrónico de los libros de comercio y al depósito electrónico de la información
          Adelantar un proceso de recopilación de normas vigentes (nomograma) expedidas por las diferentes autoridades de supervisión.
          Preparar los borradores proyectos para discusión dentro del proceso de convergencia de la reglamentación contable colombiana  con las normas y  estándares internacionales de aceptación mundial (Contabilidad, Información Financiera, Aseguramiento, Actuación profesional y Ética, Guías de Educación).
¿El CTCP debe intervenir en cada uno de estos ejes temáticos? ¿Cuenta el CTCP con los recursos necesarios para adelantar una agenda que permita una discusión técnica sobre estos ejes temáticos?
5.  Según la ley es deber de CTCP promover un proceso tendiente a sensibilizar y socializar los procesos de convergencia durante todas las etapas de su implementación. ¿Podríamos esperar que la discusión se genere sin actores predefinidos y  con verdadera representación del Ministerio de Educación, y con los ministerios Hacienda y Crédito Público y Comercio, Industria y Turismo?

6.         Dentro de cada uno de estos ejes temáticos encontraremos problemas como la homologación de la terminología para entender las bases de conclusiones en la emisión de normas internacionales, y la existencia de múltiples versiones normativas  emitidas por las autoridades colombianas de vigilancia y control. ¿Es consciente en nuevo CTCP de esta problemática? Y como piensa abordar su solución?
7.         Los artículos del 2649 y de la ley 43 esquematizan la estructura de las normas de información financiera y de auditoria. ¿Se podría, en aras de conservar la consistencia, conservar   esta estructura normativa y más bien hacer el desarrollo de la discusión a partir de ellos?
8.         El desarrollo normativo de la contabilidad en Colombia se ha hecho siguiendo modelos de planes de cuentas, dando esto como consecuencia unas normas basadas en reglas. Siendo las normas internacionales basadas en principios. ¿Se debería ajustar los PUCs a principios y recortar la prescripción de las dinámicas, dejando un único plan contable empresarial que se ajuste al marco conceptual único?
9.         Las necesidades contables de nuestro mercado de capital no está alineado con la dinámica de la convergencia IASB-FASB. Las particularidades de nuestras necesidades de información para fines distintos al mercado de capital no se ha contrastado las propuestas del comité Blue Ribbon de USA ni con  las IFRS PYME de la IASB. ¿Tiene el nuevo CTCP el propósito de hacer seguimiento activo de estos proyectos de convergencia internacional para  garantizar la permanente actualización de nuestras normas?
10.      La  FASB, IASB e IFAC tienen un claro y público compromiso para converger hacia un único conjunto de normas de alta calidad y de aceptación mundial. ¿Estaría el CTCP  comprometido en el seguimiento de los diferentes cronogramas de los múltiples proyectos de convergencia mundial?
11.      La SSPD está dentro de un proceso de convergencia anticipada y la GGN ha llevado a cabo un proceso de armonización técnica de su plan de contabilidad pública con las normas de información financiera gubernamental de IFAC. ¿Es de competencia del nuevo CTCP  la revisión de los resultados de estos procesos?
12.      ¿Tendrá en cuenta el nuevo CTCP  la convergencia mundial hacia normas únicas de aseguramiento y su especialización en el riesgo, comprándolas contra la ley 43?
13.      ¿Piensa el CTCP proponer la tecnología XBRL ad-hoc para repositorios de estados financieros y para la administración electrónica de soportes contables?
14.      La educación del contador en Colombia está orientada más hacia la disciplina contable que a la emisión de opinión profesional. ¿Tiene la CTCP alguna sugerencia para hacer un plan de mejoramiento educativo hacia perfiles de alta competitividad internacional? ¿Cuál de los dos perfiles necesita la CGN?
15.      ¿Dónde podría el CTCP situar la discusión para los normas de educación  hacia las Competencias definidas en las guías educativas de IFAC?
16.      ¿Qué es convergencia hacia estándares? ¿Debe ser una convergencia activa o pasiva? ¿Convergencia activa implica agenda conjunta con los entes normalizadores internacionales? ¿La convergencia pasiva buscara la adopción de estándares internacionales tal y como son emitidos? ¿Cuáles son los estándares de más aceptación como lo exige la ley?
17.      ¿Del debido proceso para la discusión de proyectos que? ¿Tenemos un ente exclusivamente de normalización técnica o también debe ser órgano consultivo del estado y orientativo de la profesión? ¿Debe actuar el ente normalizador como oficina administrativa o como órgano de deliberación? ¿Cuáles proyectos empezar y con qué apoyo? ¿Por qué es necesario realmente emplear  asesores?  ¿El debido proceso aprobado contiene procedimientos que garanticen que las  decisiones de la autoridad de normalización técnica sean adoptadas en tiempos razonables y con las menores cargas posibles para sus destinatarios?
18.      ¿Cómo  asegurará que sus propuestas (del CTCP) se ajusten a las mejores prácticas internacionales? ¿Y cómo tendrá en cuenta las diferencias entre los entes económicos para la formulación de estas propuestas?

19.      ¿Ya se dispone de las facilidades para la publicación y discusión pública de los borradores de sus proyectos en medios que garanticen su amplia divulgación?
20.      ¿Y de la colaboración interinstitucional qué? ¿Qué pasa con la constitución de los grupos de apoyo? ¿Dónde están los procesos de divulgación, conocimiento y comprensión? ¿Dónde andan los gremios? ¿No debería haber un gesto de cortesía con los anteriores miembros del CTCP e invitarlos como grupo de apoyo especial?
21.      ¿Cómo andan los análisis de impacto? ¿De quién es esta responsabilidad? ¿Ya se está aprovechando el esfuerzo armonizador de la CGN y la convergencia anticipada de la SSPD? ¿Cómo se debe seguir interpretando la independencia de la CGN para la expedición de normas contables y de información financiera? ¿Cuándo le toca revisar al ente normalizador los planes de cuentas “convergentes con estándares internacionales”? 
22.      ¿Cómo podremos estar seguros que se “evitará la duplicación o repetición del trabajo realizado por otras instituciones con actividades de normalización internacional en estas materias y promoverá un consenso nacional entorno a sus proyectos.”?
23.      ¿Cuál será el criterio con que se “Participará en los procesos de elaboración de normas internacionales de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información, que adelanten instituciones internacionales”? ¿Cómo está el nivel de inglés como segunda lengua?
24.      ¿Cuáles serían los criterios de complejidad para decretar vigencias diferenciadas?
25.      ¿Qué pasaría con los estándares que están pendientes por entrar en vigencia y los que están en estudio para su modificación?
26.      ¿Y de la modernización para la preparación, conservación y difusión  electrónica del sistema documental contable así como de la información financiera?
27.      ¿Conoce usted la ley (1314) que ordena la convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad e información financiera? ¿La conoce el ente regulador?
28.      Muchas voces autorizadas se han levantado para atacar, defender o ilustrar sobre la ley 1314 que ordena muchas cosas, entre ellas una convergencia hacia estándares de información financiera  de mayor aceptación mundial. Estas voces, con excelentes argumentos han despertado el interés de muchos contadores académicos, pocos contadores practicantes y de muy pocos empresarios. A estas voces que ya se expresaron no se les puede marginar del proceso de discusión, son un grupo de apoyo de forzosa existencia. 
29.      Un problema es si además de los grupos que se expresaron durante tantos años, los demás –como ellos–  entendemos y conocemos todo: ¿entendemos o  conocemos los conceptos, objetivos y procesos ordenados en esta ley?
30.      Un problema importante es el político ¿Sabe usted con qué intereses se hizo la ley de convergencia (1314)? ¿Sabe que creencias sobre el bien público destruye y que conocimiento pretende construir sobre este aspecto? ¿Las autoridades de normatividad técnica  y de regulación designadas actuaran con criterio y argumentos técnicos?
31.      Otro problema es la aplicabilidad  ¿Cuántos empresarios o profesionales cuentan con capacidad, competencia y pueden desempeñarse en la aplicación de estos conceptos? ¿Son estos conceptos solamente para los contadores?
32.      Para ayudar a la reflexión y la participación proactiva en este proceso de discusión seria conveniente que empecemos por enfrentarnos a unas preguntas sacadas del corazón mismo de la redacción de la ley 1314.
33.      ¿Qué es información contable? ¿Qué es información financiera?
34.      ¿Que son normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información?
35.      ¿Cuáles son las partes interesadas en la información contable, cuales en la información financiera o en ambas? ¿Es el agente del aseguramiento el mismo que el de la auditoria, o es el mismísimo revisor fiscal?
36.      ¿Qué es la toma de decisiones económicas?
37.      ¿Qué decisiones económicas deben tomar las partes interesadas con la información contable y financiera?
38.      ¿Cómo conformar un sistema único y homogéneo de alta calidad compuesto por normas contables  y de información financiera?
39.      ¿Cómo darles característica de comprensibilidad  y  como asegurar su forzosa observancia?
40.      ¿Qué son y cuáles son los principios de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional?
41.      ¿Cómo se hace la internacionalización de las relaciones económicas y como las afectan unas normas convergente hacia estándares internacionales?
42.      ¿Cuáles son los estándares internacionales de más aceptación mundial? ¿Qué son y cuáles son las mejores prácticas? ¿Qué es la rápida evolución de los negocios?
43.      ¿Qué es un sistema documental contable? ¿Cómo se hace la preparación, conservación  y difusión electrónica de los objetos de este sistema?
44.      ¿Cómo y para que se hace  un registro electrónico de los libros de comercio? ¿Qué es y para que se hace un depósito electrónico de la información?
45.      ¿Qué es autenticidad y que la integridad documental?
46.      ¿Qué implicación tiene y para qué hay que registrar libros ya diligenciados?
47.      ¿Porque las facultades de intervención establecidas en esta Ley no se extienden a las cuentas nacionales, ni a la contabilidad presupuestaria o la contabilidad de costos?
48.      ¿Qué es contabilidad financiera gubernamental? ¿Por qué se le  sustrae del ámbito de aplicación de esta ley?  ¿Tiene el Contador General de la Nación la misma autoridad que el ente de normalización técnica en cuanto la información financiera y su aseguramiento?
49.      ¿Qué es llevar contabilidad?   ¿Qué es preparación de estados financieros? ¿Qué es otra información financiera?  ¿Qué es y cómo se debe hacer la “promulgación” de estados financieros? ¿Qué es aseguramiento de estados financieros? ¿Qué es aseguramiento de otra información financiera? ¿Qué es revisoría fiscal y para qué sirve?
50.      ¿Cómo deben intervenir– adicionalmente de los contadores públicos–  los funcionarios  u otras personas en la preparación, promulgación y aseguramiento de estados financieros y otra información financiera?
51.      ¿Qué es llevar contabilidad simplificada? ¿Cómo se emiten estados financieros y revelaciones abreviadas?  ¿Qué es aseguramiento de información de nivel moderado?
52.      ¿Cómo sería un modelo de normas de contabilidad y de información financiera para las microempresas? Como lograr que este modelo asegure el cumplimiento de los requisitos establecidos en los numerales del artículo 499 del Estatuto Tributario?
53.      ¿Conoce usted la ley (1314) que ordena la convergencia hacia estándares internacionales de contabilidad e información financiera? ¿La conoce el ente regulador?
54.      Siguiendo con el propósito de ayudar a la reflexión y la participación proactiva en el proceso de discusión de convergencia normativa, a continuación se presentan unas preguntas sacadas del corazón mismo de la redacción de la ley 1314.
55.      ¿Que son operaciones económicas?
56.      ¿En la práctica, como se  hace para  identificar, medir, clasificar, reconocer, interpretar, analizar, evaluar e informar las operaciones económicas?
57.      ¿Cómo se entienden  en los estándares internacionales los siguientes conceptos: postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales?
58.      ¿Informar tiene implícitas las aserciones sobre identificar, medir, clasificar, reconocer, revelar?
59.      ¿Cómo un estándar internacional de información financiera permite interpretar, analizar, evaluar e informar?
60.      ¿Dentro de las prácticas internacionales quien emite interpretaciones y guías?
61.      ¿Cómo se hace para  reconocer y revelar los recursos y hechos económicos?
62.      ¿Cómo se distingue la esencia o realidad económica de los recursos y hechos económicos?
63.      ¿Qué es efecto impositivo y que es efecto fiscal?
64.      ¿Cómo se distingue el efecto impositivo de las normas que adoptan estándares internacionales?
65.      ¿Cuándo una norma contable puede regular la materia tributaria? ¿Pueden o podrán las disposiciones tributarias tener efectos en la preparación de estados financieros?
66.      ¿Las normas de aseguramiento de información se aplican solo a la información histórica?
67.      ¿Qué es auditaría? ¿Qué es revisión? ¿Cuáles son las normas de aseguramiento diferente a la auditoría y a la revisión?
68.      ¿Quiénes deben aplicar control de calidad a los encargos de aseguramiento?   Las normas de control de calidad de los trabajos las deben aplicar quienes practiquen auditarías externas y revisoría fiscal,  o solamente  las firmas de auditoría?
69.      ¿Qué es auditaría integral? ¿Las normas a expedir para reglamentar la auditoría integral tocaran a la revisoría fiscal?
70.      ¿Todo servicio de aseguramiento debe ser llevado a cabo bajo la supervisión de un contador público?

"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

jueves, 25 de noviembre de 2010

Más preguntas sobre el proceso de convergencia contable ordenado en la ley 1314

¿El CTCP ya hizo la primera revisión de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de información?
¿El plan de trabajo presentado por el CTCP en Junio 30 de 2010 tiene alguna relación con la primera revisión ordenada por la ley?
¿Cómo se estructuraron los proyectos de convergencia dentro del plan de acción del CTCP como producto de la primera revisión?
¿El primer plan de trabajo del CTCP incluye un cronograma para ejecutar en los próximos 24 meses después de su entrega?
¿Cuál es la ejecución del plan de trabajo del CTCP? ¿Se está cumpliendo algún cronograma definido en este plan de trabajo? 
¿Los proyectos de convergencia de otras entidades autorizados por ley respetaron conservar el  vigor de las normas expedidas con anterioridad?
¿Cómo se está garantizando la transversalidad normativa para entes privados y públicos que participan en un mismo sector económico?
¿Si está operando la mejor combinación posible de habilidades técnicas y de experiencia de los participantes en la elaboración de proyectos de convergencia?
¿Las funciones de orientación técnica del Consejo Técnico de la Contaduría Pública siguen vigentes?
¿La vigilancia del cumplimiento y las sanciones por no cumplimiento  de las normas de contabilidad y de información financiera y aseguramiento de información quedan en manos de las Autoridades de supervisión?
¿Cómo va el  proceso de divulgación, conocimiento y comprensión?
¿Cómo va el proceso de consenso nacional entorno a  los proyectos de normalización internacional?
¿Cómo está la agenda de participación del CTCP en los procesos de elaboración de normas internacionales de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información?
¿El CTCP está adoptado  decisiones en tiempos razonables y con las menores cargas posibles para sus destinatarios?
¿Cómo se está garantizando la unicidad de proyectos con instituciones con actividades de normalización internacional?


"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

lunes, 22 de noviembre de 2010

U.S. GAAP vs. IFRS

U.S. GAAP vs. IFRS

By: Gregory Borderieux
There has been a growing demand over the past twenty years to harmonize the business world under one conceptual framework for reporting financial statements. Currently, there are two types of frameworks used throughout the accounting world. They are United States of America General Accepted Accounting Principles (U.S. GAAP) and International Financial Reporting Standards (IFRS).

Presently more than seven thousand companies within one hundred countries worldwide use IFRS instead of U.S. GAAP. In order to harmonize these foreign capital markets, the Financial Accounting Standards Board (FASB) and International Accounting Standards Board (IASB) have been working together to converge U.S. GAAP with IFRS. The main purpose of this conversion is to have one general global financial reporting standard that allows financial statements to become more relevant and reliable. This would also allow for both United States and foreign companies to become more consistent and comparable within their financial statements. The overall objective of this conversion is to provide better financial information for capital providers, lenders, and stockholders.

The preparation and presentation of financial statements are similar between U.S. GAAP and IFRS.  These financial statements include balance sheets, income statements, cash flows, and comprehensive incomes. During their preparation, companies are required to prepare on the accrual basis in both frameworks. Furthermore, U.S. GAAP and IFRS both contain components that are recognized in equity as constituents of comprehensive income; however, net income is still unchanged by these items. U.S. GAAP allows comprehensive income to be prepared in three different formats; single income statement, combined income statement of comprehensive income, and stockholders' equity section. IFRS also permits comprehensive income to be reported in stockholders' equity or in statement of recognized income and expense (SoRIE) format.   Although the two frameworks are similar in ways, several conflicts between U.S. GAAP and IFRS exist particularly in the presentation of financial statements, revenue recognition, nonfinancial assets, and fair market value.

Accounting and reporting standards, revenue recognition, and the approach to reporting non-financial assets are the three main differences between IFRS and U.S. GAAP.  IFRS is based on accounting principles, whereas U.S. GAAP is rule based. Implementing IFRS allows companies to better adapt to the changes in the business environment, by not having as many guidelines in order to encourage the use of professional judgment, and in the end, discourage financial engineering. These four aspects of IFRS are believed to produce more transparent financial statements backed by straightforward thinking and flexible interpreting of accounting and reporting standards. This approach encourages a more ethical judgment than following the normal rule based U.S. GAAP. On the other hand, U.S. GAAP focuses on large complex economies that have less room for interpretation and provides a guideline approach to implementation.  It is believed that if there are more rules and guidance, then a company does not need to disclose as much within their financial statements. In comparison, U.S. GAAP does not easily allow for thinking outside the box.  Many individuals in the U.S. believe that U.S. GAAP should remain the "Gold Standard" because they believe that having a more rules based approach will reduce interpretation and will produce more transparent financial results.  Supporters of IFRS believe that business decisions do not rely on rules, but on professional judgment. They believe that failing to disclose the professional judgment within a company's financial statement could misleads investors.    

 One of the biggest differences involving IFRS and U.S. GAAP, and probably the most difficult standard to convert between the two, is revenue recognition.  First, revenue recognition under U.S. GAAP only occurs when it is realized or when earned. Revenue is considered earned when a transaction has taken place between two parties. Under the U.S. GAAP framework, a company can only recognize revenue in the period it was earned, regardless of the time in which they actually receive the revenue. On the other hand, IFRS recognizes revenue in an unusual way. Revenue recognition under IFRS records revenue for that period based on a percentage of completion of all revenue earned. In addition, the guidance of revenue recognition within specific industries exists under U.S. GAAP but not in IFRS. Among the two standards an individual can see where one is rule-based and other is principle in nature. 

Another significant difference between U.S. GAAP and IFRS is the approach to reporting non-financial assets; some of which include intangible assets, inventory, property plant, and equipment. IFRS permits the revaluation of certain nonfinancial assets to fair market values, unlike U.S. GAAP, which only permits the use of historical costs. Reporting inventory methods between both practices varies. Last in first out (LIFO) inventory method is allowed to be used under U.S. GAAP but not under IFRS. A company that integrates IFRS and uses LIFO method would have to change to first in first out (FIFO) or weighted average cost and this could have a tremendous impact on reporting operating results and tax implications. IFRS allows for reversals of inventory write-downs for subsequent recoveries; however U.S. GAAP forbids any write-downs for inventories. In addition to inventory write-downs, if an intangible asset loses value under U.S. GAAP it has to be written down and cannot be written back up to the original value.  IFRS allows the intangible assets to be written back up. These are some of the constraints and roadblocks that FASB and IASB have to contend with in the coming years.

In conclusion, there are many constrictions in converting U.S. GAAP to IFRS. However, the conversion is needed. The conversion of the U.S. GAAP framework will completely change how companies report their financial results in the coming years. The adaptation from U.S. GAAP to IFRS will create the benefits of stronger comparability and consistency between U.S. and foreign corporations' financial statements.  The convergence between the two accounting standards will produce more transparent and understandable standards that will provide a major advantage for investors. 
About the Author
(ArticlesBase SC #3698744)
Article Source: http://www.articlesbase.com/ - U.S. GAAP vs. IFRS


"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

sábado, 20 de noviembre de 2010

El plan de desarrollo “Hacia la prosperidad democrática: Visión 2010-2014” nos indica el camino hacia las IFRS (NIIF)

El plan de desarrollo 2010-2014 diagnostica y propone líneas de acciones estratégicas para el futuro del mercado de capital como apoyo transversal  para la competitividad. En este contexto, le da importancia a los estándares de información financiera y ratifica la convergencia hacia los estándares internacionales, dándole paso a calificar las  IFRS (NIIF) como los de mayor aceptación.

De la lectura de este plan se puede concluir que el diagnóstico al mercado de capital coloca a la estandarización de la  regulación sobre información financiera como factor determinante para el desarrollo del mercado de capital y la confianza inversionista en él. 

El diagnóstico define la inobservancia de los estándares internacionales como un factor de agravamiento para el mercado de capital, ya que expresa:  “Esto se ve agravado por los bajos niveles de implementación de estándares internacionales de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información en las empresas colombianas. “ Adicionalmente, el diagnóstico coloca al caos normativo  contable como un factor para la desconfianza del inversionista   “La convivencia de una multiplicidad de planes contables y normas técnicas aumenta los costos de revelación de información de las empresas y genera desconfianza en los inversionistas.

No menos importante en el diagnóstico es la reafirmación de la poca propensión hacia el revelar información empresarial que existe en nuestro medio  “Adicionalmente, muchas empresas en Colombia desconocen las ventajas del mercado, tienen bajos o nulos estándares de gobierno corporativo y son renuentes a revelar información comercial.

Reafirmando las argumentaciones en favor de la convergencia hacia las IFRS (NIIF)  los lineamientos estratégicos para el desarrollo del mercado de capital dice:

2. Consolidar el proceso de convergencia a estándares contables internacionalmente aceptados
Avanzar en la convergencia a estándares contables de aceptación internacional será un paso fundamental para mejorar las condiciones de las empresas para participar crecientemente de las ventajas de la financiación con capital.”

Concluir que las IFRS (NIIF) son los estándares contables a considerar como de mayor aceptación internacional es fácil,  cuando se observa que en la mayoría de los mercados de capital del mundo se están utilizando o en vías de ser utilizarlas. Un simple análisis estadístico las coloca como los estándares internacionales de más aceptación apoyando esta observación.

Más aún, la integración en el mercado latinoamericano(MILA) con países que tienen las IFRS (NIIF) como obligatorias para el mercado de capital, refuerzan la calificación que se hace de estos estándares como los “de más aceptación”.

Se interpreta, así pues, que este plan  y todas las acciones del estados buscan un reforzamiento al mandato ordenado en  la Ley 1314 de 2009  donde se establece que la acción del Estado se dirigirá hacia la convergencia de las normas de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, con estándares internacionales de “aceptación mundial”. Este reforzamiento se hace más  evidente cuando en el plan se le ordena acciones adicionales al gobierno relacionadas con los estándares internacionales mencionados: 

Para que este proceso se consolide el Gobierno nacional debe adelantar acciones tendientes a:

Desarrollar el marco y los mecanismos para que las autoridades de regulación y normalización, de supervisión y de asesoría técnica, faciliten y promuevan el proceso de convergencia a estándares contables, de información financiera y de aseguramiento de la información, a través de un accionar coordinado. Estas entidades deben seguir principios de eficiencia, eficacia, participación, publicidad y transparencia, y sus actividades, recomendaciones y regulaciones deben estar alineadas con los objetivos de política del Gobierno nacional.

Divulgar la Ley Contable y sus implicaciones con el sector productivo y establecer herramientas e instrumentos que permitan a los empresarios avanzar en el proceso de preparación para la convergencia contable.

Promover un marco en el cual la profesión contable actúe en seguimiento de principios de calidad, publicidad, transparencia, responsabilidad y ética de tal forma que ésta responda a las nuevas necesidades del entorno.

Colocando el anterior párrafo del plan de desarrollo en una manera esquemática tendríamos que las acciones que se le ordena al estado  en él, en cuanto a las IFRS(NIIF) son:

  1. Reforzar el accionar coordinado entre las autoridades de normalización  y de asistencia técnica,  los reguladores  y los supervisores. 
  2. Empezar las acciones de divulgación de los estándares propuestos.  
  3. Hacer los estudios de sus impacto en el sector productivo. 
  4. La implementación de herramientas e instrumentos para que el mundo empresarial se prepare en lo que implique este proceso de convergencia regulativa.
  5. Adecuación de la profesión contable a las nuevas necesidades del entorno

También ordena el plan reforzar el mandato hacia la modernización de los procesos documentales de la contabilidad  y el suministro de información financiera , o sea un nuevo sacudón reforzando lo que dice la ley 1314 de 2010 cuando el plan expresa lo siguiente en el “Mejoramiento del entorno de negocios:” 

En la implementación de estas reformas se aprovechará y promoverá el uso de TICs para facilitar la actividad empresarial, por ejemplo, a través de la introducción de libros de contabilidad electrónicos; el registro electrónico para cualquier tipo de empresa; la expedición de certificados de existencia y representación legal electrónicos, así como la consulta en línea del Registro Único Empresarial (RUE); igualmente se continuaran los avances en materia de pago de impuestos, tasas y contribuciones a través del MUISCA y la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, y la implementación de la solicitud electrónica de licencias de construcción.”

Todo lo anterior nos permite concluir que debemos ir hacia los únicos estándares para la preparación de estados financieros que tienen amplia aceptación mundial que son las IFRS (NIIF). Esta característica de  aceptación mundial se puede apoyar en el simple hecho de  su obligatoriedad, aceptación y/o convergencias en todos los mercados de valores del mundo. Ahora, al hablar de que la mayoría de empresas nuestras son PYMEs entonces también tendríamos que acoger las estadísticas de aceptación que este tipo de estándares está teniendo a nivel mundial o se en su versión pyme IFRS-SME (NIIF-PYME). Podríamos argumentar en favor de esta versión PYME de las IFRS, que su adopción facilitaría obviamente la transición de las empresas hacia el mercado de capital  donde se utilizan las  IFRS FULL (NIIF Completas).

Concretando también con respecto a la tecnología de información, vemos que el estado adquiere el compromiso de utilizarlas eficientemente en los aspectos contables y de suministro de información financiera. Para el aspecto de suministro y depósito de información un lenguaje financiero como el   XBRL es entonces un imperativo.   

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) está ya más que ilustrado y empoderado para empezar el discurso técnico de proyectos de convergencia, desde la actualización del marco conceptual, hasta los proyectos de convergencia IASB/FASB, así como la recomendación de la implementación de las IFRS-SME (NIIF-PYME).  El periodo de ilustración y acomodo del CTCP (6 meses) es suficiente para comenzar a recomendar la muerte lenta de cada uno de los artículos del reglamento de la contabilidad, y de cada uno de los múltiples planes cuentas PUCs (para reemplazarlo con un único PUC empresarial).  El tiempo para desarrollar el primer eje temático, “Organización y funcionamiento administrativo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública”,  ya se agotó.

Se acabó el discurso político y empieza el discurso técnico. La organización y el funcionamiento administrativo del Consejo Técnico de la Contaduría Pública, como una negociación política necesaria ya están listos. Si ya está listo lo político, empieza lo técnico. Y lo técnico es la discusión de proyectos de convergencia normativa con estándares internacionales con la debida difusión ordenada en la ley y el plan de capacitación que se le hace obligatorio al gobierno financiar. 

Ahora bien, evitando herir susceptibilidades y pidiendo calma emocional, hay que alertar al CTCP sobre las propuestas de normalización técnica convergentes o armonizables  de los entes autorizados a hacerlo (CGN, SSPD… etc.) antes de convertirlas en regulación, para evitar los desbordamientos normativos hacia la actividad privada desde un ambiente eminentemente político.   “sus actividades, recomendaciones y regulaciones deben estar alineadas con los objetivos de política del Gobierno nacional.”   Mucho ojo que el CTCP tendría algo que decir al respecto.

Démosle también la voz de alerta al CTCP sobre los sucesos internacionales que pueden influir nuestra convergencia. La hoja de ruta de la SEC para la aceptación de las IFRS modificadas  para corporaciones nacionales de USA y  la alternativa de US GAAP a los IFRS-SME (NIIF –PYME) del comité Blue Ribbon para empresas no cotizantes de USA, son dos de los sucesos más importantes a tener en cuenta a este nivel.

En cuanto a la actitud gremial de los contadores, el realineamiento de los procesos de formación profesional, la acreditación de competencias profesionales hacia las IFRS (NIIF) deberían apoyarse en el mandato del plan que dice: “Promover un marco en el cual la profesión contable actúe en seguimiento de principios de calidad, publicidad, transparencia, responsabilidad y ética de tal forma que ésta responda a las nuevas necesidades del entorno.”  

Estas “nuevas necesidades del entorno” se podrían asimilar por la profesión contable apoyándose en la financiación implícita en este mandato. Entonces si podríamos modificar los criterios de agremiación única, la vigilancia y las inspecciones a la prestación de servicios de aseguramiento, la actualización obligada, y el realineamiento curricular con control de calidad efectivo en los programas de contaduría pública.  El estado debería financiar este nuevo mandato.

Compilemos o aprendamos a compilar  estados financieros con IFRS (NIIF), revisemos y auditemos la aplicación de las IFRS (NIIF) para mercado de capital y en las PYMES, pero financiados por el estado que permitió el rezago profesional. Capacitémonos para las  “nuevas necesidades del entorno” o nuevos retos sin olvidar nuestro ejercicio profesional de la disciplina contable y la Revisoría Fiscal.  ¡Con la prosperidad democrática todos ganamos!

"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

martes, 16 de noviembre de 2010

De lo mecánico a lo lógico-deductivo. De muchos planes de cuentas y un marco conceptual huérfano a un conjunto de normas basadas en principios (IFRS/NIIF)

La transición desde la dimensión “mecánica” de la contabilidad hacia la dimensión “lógica” de que habla Jorge Túa Pereda(Presidente de la Asociación Española de Profesores Universitarios de Contabilidad (ASEPUC), Miembro de la Comisión de Principios Contables de AECA), cuando comentó la reforma contable española, nos hace reflexionar lo que ocurre en nuestras dimensiones nacionales latinoamericanas.
Nuestra disciplina contable siempre estuvo acompañada por un afán de dominar procedimientos mecánicos antes que  introducirse en la dimensión "lógica" de la que habla Tua. Esta segunda tiene hoy en día una dimensión muy notable en el ambiente internacional.
En los años 90 se cristalizaron muchos  intentos por comenzar a utilizar esta dimensión  "lógica" y se expidieron unas regulaciones legales donde se regaron una serie de palabras en intención de fundamentación conceptual. Pero después se contaminó el intento cuando se le adicionaron normatividades con formalidades sobre obligatoriedad y conservación de libros, manera de hacer los asientos, legalización, etc.).”.
Parece que el miedo a lo “lógico-deductivo” espantó a los legisladores de la época y los hizo  llenarnos de planes de cuentas donde se llegó inclusive hasta el exceso de celo y se reguló las dinámicas de los débitos y créditos. Pero alto allí. No todo fue malo. Este empujón normativo de la disciplina  contable terminó de educarnos  en teneduría de libros.
Definitivamente la profesión fue conducida hacia la gestión de libros, nos saltamos la preparación de estados financieros, menospreciamos la auditoria externa por ser solo “auditoria de estados financieros”  y nos ubicamos en la figura compleja y desbordante de la fiscalidad de la gestión con  el monitoreo al cumplimiento legal dentro de las sociedades  con un nombre raro: revisoría fiscal. Figura esta que no supimos aprovechar. Se multiplicó la regulación que prescribía asientos contables  y que posicionaba los libros contables  y el registro de transacciones donde tenían que estar los estados financieros, el reconocimiento, la medición y la revelación.  La contabilidad no se le trató como estándares técnicos sino como normas legales. Toda la contabilidad se estandarizó por ley. La contabilidad se convirtió en un brazo del derecho.
Al marco conceptual se le cambió de nombre, y en vez de ser para la “preparación de la información financiera” se le denominó  “marco conceptual de la contabilidad”  y se le destinó a una función espuria, servir de base  para expedición de normas técnicas específicas.
Hoy en día cuando en el nivel internacional  como dice Tua, “lo importante son los Criterios de Valoración y el Marco Conceptual”  y cuando es hora de empezar a “preocuparnos por las necesidades de los usuarios de la información que elabora la Contabilidad”,  cuando nos acosa el "paradigma de utilidad" alimentado por reguladores internacionales(IASB y FASB), tenemos problemas de identificación con nuestro perfil  de contadores.
Ahora que se nos está dando la oportunidad de hablar de relevancia  y de fiabilidad sin tener que recitar párrafos áridos e inconexos, se justifica el rechazo ya que no tenemos una profesión de contadores públicos bien formados para contratos de aseguramiento sino una profesión de contadores expertos en las “actividades relacionadas con ciencia contable  en general” (y oficios conexos) y en revisoría fiscal. Reforzados estos con académicos de alto vuelo.
Es obvio que las “Normas Internacionales tienen una complejidad y un nivel técnico al que no estábamos acostumbrados” dice Tua , pero también es cierto que nuestras empresas son “empresas con una actividad predominantemente económica, que cumpla las funciones clásicas y primarias de invertir en inmovilizado de explotación, de comprar materias primas y otros aprovisionamientos, de fabricar y de vender sus productos terminados, creo que no tendrán excesivas dificultades en afrontar la reforma, puesto que tales operaciones no son objeto de cambios importantes en su tratamiento contable.”(Tua)
Pero, hablando de la transición hacia IFRS(NIIF), “sin embargo, la complejidad de los cambios se hace más patente cuanto más nos alejamos de ese núcleo básico de operaciones, adentrándonos así en operaciones financieras más complejas” (Tua).

"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

Integración Latinoamericana MILA con IFRS(NIIF). MILA también a IFRS SME (NIIF PYME) ¿Más trabajo para los contadores?

Transar acciones de Colombia, Perú y Chile sin restricciones cambiarias y desde una sola pantalla. La integración de la Bolsa de Comercio de Santiago (BCS), la Bolsa de Valores de Colombia (BVC) y la Bolsa de Valores de Lima (BVL), crean el Mercado Integrado Latinoamericano (MILA) donde se podrá comprar y vender acciones  sin restricciones cambiarias, sin intermediarios locales y sin presencia institucional en el país de transacción.
“De hecho, será el listado de emisores más grande de la región, con 564 empresas frente a 386 en Brasil y 406 en México. ……. 87 emisores que aporta Colombia, los 236 de Chile y los 241 de Perú”

¿Qué estándares internacionales deben utilizar las empresas del MILA? ¿IFRS-FULL (NIIF completas) para 564 empresas? ¿Y el resto IFRS-SME (NIIF PYME)?   
Esta integración conllevaría a justificar aún más  la utilización de IFRS (NIIF) completas dentro de los pasos obligados hacia una armonización regulatoria, normativa y tributaria que se ve venir.
Con 564 empresas cotizantes ya consolidadas usando o por usar IFRS se estaría creando un gran modelo contable digno de replicar en las empresas no cotizantes. Los modelos resultantes desde este gran modelo para empresas cotizantes tendrían las variaciones particulares para las necesidades nacionales.
La ley del menor esfuerzo se debería aplicar y  hacer las adaptaciones al modelo propuesto en las IFRS-SME(NIIF PYMEs). Así las cosas las empresa no cotizantes tendrían la opción de utilizar la versión completa o la simplificada de las IFRS(NIIF).
Para un sistema de información común, para un área donde convivirían un mercado de capital integrado y unas necesidades nacionales que podrían no ser tan diferentes, habría entonces que analizar cuál es el perfil del contador público que se necesita y que tan distante seria del perfil que tienen en su plan educativo las universidades latinoamericanas.
Para trabajar con estándares internacionales como las IFRS (NIIF), donde es necesaria los juicios profesionales sobre principios, normas generales y estándares específicos, es preciso buscar una formación de contadores expertos en emitir y comunicar opinión de acuerdo a estándares internacionales.
El MILA necesitaría de un perfil de contadores para los contratos de aseguramientos. El actual perfil del contador independiente está centrado en las actividades profesionales que giran alrededor de la disciplina contable y al suministro de información de propósitos específicos. Si bien hay que seguir manteniendo este perfil –– que es ampliamente competitivo y de gran necesidad para las PYMES ––, hay que desarrollar el perfil del contador profesional en aseguramiento de información con estándares internacionales.
El MILA nos facilitara estar a tono con las tendencias internacionales. Una de las tendencias es la diferenciación de los estándares para la información con propósito general para la toma de decisión de inversión y de asignación de recursos financieros, con las normas necesarias para la contabilidad y el suministro de información de propósito específico.
Consecuentemente se debe estudiar  y proponer la especialización de las autoridades de normalización técnica para la adopción de estándares internacionales, diferenciándola de la autoridad de orientación disciplinar para ambientes nacionales. El debido cuidado profesional y la responsabilidad por la aplicación de juicios en un mercado tan amplio deberían marcar un norte para que un órgano disciplinario independiente  haga las inspecciones y actividades de vigilancias del caso.
¡Cosas que proponer para el MILA ya que nos miran! 


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domingo, 14 de noviembre de 2010

¿Empresas colombianas obligadas a emitir estados financieros de propósito general? ¿Se justifica la convergencia hacia la adopción de las complejas IFRS (NIIF) o hacia IFRS SME (NIIF PYME)?

Según datos de Confecámaras en el año 2000 en Colombia existían 967.315 micro establecimientos, y en el 2001 existían en Colombia 43.242 pequeñas empresas y 8.041 medianas. 
De acuerdo con los registros en cámaras de comercios, la estructura empresarial colombiana está conformada primordialmente por microempresas (88,9 por ciento), seguidas de las pymes (9,83 por ciento) (ver cuadro).
Número de empresas y activos por tamaño de empresa 2002
Empresas
Activos (millones de pesos)
Tamaño
Número

%
Total
Promedio
Microempresas
432.269
88,97%
3.520.331
8
Pequeñas
39.963
8,23%
17.682.405
442
Medianas
7.786
1,60%
17.219.387
2.212
Grandes
5.845
1,20%
513.373.934
87.831
Total
485.863
100%
551.796.057
1.036
Fuente: Registro Mercantil Confecámaras 2002
Hoy, de las empresas vigiladas por el estado 24.674 por Supersociedades y 425 por Superfinanciera, hay 237 emisoras de valores en bolsa de las cuales 87 son emisores de acciones, y dos de ellas son extranjeras. En contraste la bolsa de Buenos Aires tiene 105 emisoras de acciones, la de Santiago de Chile tiene 233, en Lima hay 245 y en México hay 421. “Colombia no se destaca en número de compañías inscritas en bolsa, pues con sus 87, es el valor más bajo de todos los mercados latinoamericanos.” 
En Colombia primero hay que entender el problema del micro-establecimiento que no necesariamente tiene relación con la existencia de las microempresas formalizadas. En este ambiente micro todavía subsiste la informalidad como fenómeno social. 
De un número no muy confirmado de microestablecimientos, podemos pasar a analizar el número de las microempresas, 432.269 o sea 89% de la base empresarial, que deberían estar cumpliendo con todos sus deberes formales, y dentro de ellos la contabilidad como función administrativa y exigencia legal. 
Las empresas pequeñas y medianas, que en número de 47.749 según estas estadísticas o sea él 9.83 % de la base empresarial, tienen alguna responsabilidad de suministrar información de propósito especial basada en la contabilidad llevada en debida forma. 
De las grandes, 5.845, o sea 1.7% de la base empresarial que se suponen por descontado su obligación de emitir estados financieros de propósito especial según exigencia de los entes de vigilancia, podríamos señalar las empresas que tienen un compromiso con valores públicos o que actúan como depositantes fiduciarios de un amplio número de personas. Estas empresas con responsabilidad pública, que como se desprende de la estadística de la bolsa de valores son 237 (¿%?), y donde están incluidas Grupo Aval, Bancolombia, Ecopetrol y Pacific Rubiales, que emiten ADR en el mercado de NY, según los estándares internacionales tendrían responsabilidad de emitir estados financieros de propósito general. 
Para analizar la probabilidad de expansión del número de empresas que buscarían emitir en un mercado de valores, y que por consiguiente tendrían responsabilidad de emitir estados financieros de propósito general, hay que analizar los obstáculos a vencer. 
Uno de estos obstáculos se ven evidenciados en los datos más recientes de Confecámaras donde se demuestran que de las 730.000 empresas activas en el registro mercantil del país, según Confecámaras, 70% de las empresas colombianas son de carácter familiar. Existen por lo menos 511.000 empresas de carácter familiar.
Promedio ponderado de las sociedades de familia en Colombia
TAMAÑO               % CONFECAMARAS    %  SUPERSOC  
MICRO                      71.0%                             69.0%               49.0%
PEQUEÑA                 21.8%                              70.5%              15.4%
MEDIANA                    5.5%                              64.7%                3.6%
GRANDE                     1.7%                              48.0%                 0.8%
FUENTE: Supersociedades y Confecámaras
Después de este recorrido por las estadísticas que componen la base empresarial formal con ánimo de lucro, nos es más fácil relacionarlas con la responsabilidad de emitir estados financieros de propósito general basados en libros de contabilidad llevados en debida forma. ¿Aplicación IFRS-FULL (NIIF-completas)? 
Para llevar contabilidad en debida forma se necesita de la contabilidad como disciplina profesional y como función administrativa. A los entes obligados a presentar estados financieros de propósito especial basados en contabilidad llevada en debida forma, se les ha impuesto la obligación de contratar contadores profesionales con formación en la disciplina contable y con capacidad para dar fe pública. 
Por otra parte los entes obligados a preparar estados financieros de propósito general según estándares internacionales, o sea aquellos con responsabilidad pública, son menos del 1% (¿%?) de la base empresarial. Este porcentaje no se ve como aumentaría si se sigue con los rezagos impuestos por la característica del predominio de las empresas de familia las cuales podrían continuar sin intención de emitir acciones a terceros. Estas ¿%? – y su delta futuro – empresas serían las obligadas a adoptar IFRS-FULL (NIIF Completas). 
De todas maneras como la convergencia hacia IFRS está más que justificada y ordenada en la ley, entonces hay que darle un alcance juicioso a su aplicabilidad por empresa.
1. Primero hay que definir si la empresa es de tipo IFRS-FULL (NIIF Completas) 
  • Si aplican IFRS-FULL entonces hay que mirar: 
  • Si es empresa individual o con obligación de consolidar 
  • Si reporta a casa matriz en el extranjero o tiene subsidiarias en el extranjero 
  • Si debe reportar en el mercado Colombiano, Suramericano, en USA o UE 
  • Hay que mirar si pertenece a alguna industria con estándares especiales como minería, petróleo, concesiones, agricultura, seguros, bancos y otras entidades financieras, … etc. 
  • Si tiene tratamientos especiales como Leasing, Operaciones Conjuntas, Intangibles, Investigación y Desarrollo, Planes de Pensiones, Contratos de Construcción… Etc. 
2. Cuando no se exija la aplicación de las IFRS-FULL (NIIF Completas) 
Entonces deberíamos recomendar estándares como IFRS-SME (NIIF PYMES) u otras que correspondan con la exigencia de más aceptadas. 
Aquí están la mayoría de empresas colombianas las que no tienen que cumplir con las recetas prescriptivas de “cómo aplicar las NIIF” y algunos de los pasos enumerados en cantidades de artículos y “diplomados” irresponsables. 
  • ¿Las recomendaciones de las Naciones Unidas son estándares? ¿Las recomendaciones SME de US GAAP serán las más aceptadas? ¿La armonización de la CGN es lo más aceptado? Las recomendaciones de anterior CTCP es lo más aceptado? ¿La convergencia anticipada de la SSPD es lo más aceptado? ¿Las supuestas doctrinas contables nacionales es lo más aceptado? ¿La ley permite inventar otros estándares nuevos? 
  • Podríamos preferir unos estándares para nuestras pymes que vengan con módulos educativos como los de IFRS-SME (NIIF PYMES) 
  • ¿Le damos otra mirada a nuestro reglamento contable actual? 
  • ¿Debemos esperar las recomendaciones del CTCP por estándar?
"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

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