-->

Últimos artículos de este Blog

¿Preguntas sobre Estándares de Información Financiera? Busca en Globaliconta usando Google ¿No lo encuentra? Pregúntele a Hernan Rodriguez
!!Asesorías gratis!! Asesorías gratis sobre temas IFRS(NIIF) llame cel 317 381 6166 o escriba herodri @ gmail .com

Entrada destacada

Excel se convierte en una herramienta de inteligencia de negocios: Hojas Inteligentes

E xcel se convierte en una herramienta de inteligencia de negocios: Hojas Inteligentes El Excel tradicional puede crear, copiar y pe...

lunes, 27 de junio de 2011

Análisis al tercer plan de trabajo del CTCP ¿Dónde están los proyectos de convergencia ordenados en la ley?

El documento presentado por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) todavía nos queda debiendo mas profundidad en los análisis. 
En los párrafos del 1 al 11 clasificados en Presentación, Introducción, Objetivos de la ley, se limita a hacer una interpretación del mandato de la ley 1314. Pero en todo caso sirve para reafirmar la vocación del CTCP como autoridad de normalización técnica.
En el párrafo 10, el CTCP justifica la entrega, a la instancia reguladora, de la versión definitiva de un documento titulado direccionamiento estratégico del proceso de convergencia hacia estándares internacionales. Esta entrega se hace homologando el proceso descrito en la ley para entregar las recomendaciones de los proyectos de convergencia. Estos proyectos se deben incluir en un plan de trabajo para que sean preparados, discutidos y aprobados dentro de un “debido proceso”.
Desde el párrafo 12 se intenta entrar en materia, ya que se trata de explicar el alcance de la ley. Este párrafo “reglamenta” el alcance cuando se refiere inicialmente a la “personas” (entidad reportante), y después a los aspectos técnicos (tipos de estándares y entidad emisora). En el alcance técnico (párrafo 14 a 17) se reafirma lo que está expresado en la ley 1314.
En los párrafos 18 y 19 se intenta hacer una identificación de las partes que deben intervenir en el proceso de convergencia: normalizador técnico, regulador y grupos de interés que intervienen en la regulación contable; así como los aportes esperados de estos últimos. En el literal c) del párrafo 19 se dice que “Los grupos principales de interés (empresarios, preparadores, auditores, inversionistas, supervisores y demás autoridades, entre otros) que aportan los insumos para la elaboración de las normas”. ¿Esta última frase resaltada podría generar confusión con lo esperado del CTCP?
Desde el párrafo 20 al 22 se reescribe lo que la ley dice sobre las “condiciones de las normas y de los estándares” que deben cumplir para ser consideradas objetos de convergencia. El párrafo 23 enfatiza los principios a respetar en el proceso de convergencia, según la ley 1314, y la independencia de lo tributario como también lo expresa esta ley.
La única alusión a los comentarios recibidos en el proceso de exposición pública se hace cuando en el documento se enfatizan los grupos que deben cumplir con los diferentes estándares que se recomendarán por parte del CTCP. En los párrafos 24 y 25 se hace esta distinción.
Desde el párrafo 26 comienza la labor de armar los argumentos conclusivos para recomendar que la convergencia se haga hacia IFRS e IFRS SME emitidos y por emitir por IASB; y hacia los estándares emitidos y por emitir de IFAC en cuanto a los estándares para la actuación profesional. Este propósito se concluye en lo párrafos 35 y 39.
En el párrafo 40 se proponen la siglas para identificar las relaciones de las normas a emitir con sus respectivos estándares autorizados para hacer convergencia. ¿Porque no IFRS (NIIF) e ISA (NIA)? 
En los párrafos 41, 42 y 43 hacen planteamientos anticipados para tener en cuenta una vez el CTCP haga su primer plan de trabajo, con proyectos de convergencia y determine las observaciones técnicas para hacer las recomendaciones del caso a la instancia reguladora.
Todavía seguimos sin conocer el pensamiento de los consejeros del CTCP sobre los aspectos técnico–científicos con que se regula la preparación, presentación y aseguramiento de información financiera en el mundo y su aplicabilidad a nuestra realidad nacional.

¿Te gusto?... Recibe todos los articulos de GlobaliConta en tu Email

"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"

3 comentarios:

  1. Si es cierto, pero así será, una copialina. La pelea era por la parte económica de cada uno de los miembros. El resto que quieran participar, si no tienen interés propio….ad-honorem.

    ResponderEliminar
  2. buenas noches Dr. Hernan, me parece lo mas real y veridico lo que ud muy bien plantea, todo un CTCP, y totalmente desordenados para desarrollar este tema tan importante como es EL DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO, en los temas que se tratan hoy en los sistemas de Calidad y normas tecnicas internacionales que nos las exigen, mis felicitaciones por el buen entendimiento del tema.
    victor hugo

    ResponderEliminar
  3. Ademas debemos de entender y comprender que la JCC y el CTCP, son focos de politiqueria y de nada nos van a aportar a la profesion, que tan lamentable , pero es la realidad de las cosas

    ResponderEliminar

Deje su opinión sobre este articulo, ¡pero por favor no lo haga como anónimo!

Que quiere leer?