La ley 1314 dice que hay que “expedir
normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la
información”…. “en los términos
establecidos en la presente Ley” para lo
cual su acción se “dirigirá hacia la convergencia de tales normas de
contabilidad, de información financiera, y de aseguramiento de la información,
con estándares internacionales de aceptación mundial, con las mejores prácticas
y con la rápida evolución de los negocios.”
En mi opinión lo que quería la ley era hacer una convergencia pasiva, donde
fuéramos adecuando nuestro sistema legal contable hacia un sistema único compuesto por
las normas expedidas resultante de los proyectos de convergencia hacia estándares
internacionales. Nunca se pasó por la mente de nadie hacer convergencia activa
con participación de nuestros “sabios” en el proceso de emisión internacional.
Ahora bien, también parece que lo que quería la ley era que a partir de allí,
del sistema único, se diera un
cumplimiento pleno para empresas comprometidas con el interés público (sociedades
abiertas) y otro con estándares denominados como PyMES donde prepondera
el interés privado(sociedades cerradas). También la ley dio potestad para que
el gobierno autorizara cumplimientos
limitados de este sistema pero con formatos de contabilidad simplificada y de estados
financieros abreviados para los que se aplicaría un aseguramiento moderado
guiado por formatos.
Veamos: “el Gobierno autorizará
de manera general que ciertos obligados lleven
contabilidad simplificada, emitan
estados financieros y revelaciones abreviados o que éstos sean objeto de aseguramiento de información de nivel moderado”
Otra cosa son las normas que se deben establecer: “Gobierno establecerá normas de contabilidad y de
información financiera para las microempresas”
La idea de este artículo es alertar sobre la característica que se busca
del sistema único es que debe permanecer
convergente con estándares internacionales vigentes o que estén próximos a
cobrar vigencia, pero también teniendo en cuenta la rápida evolución de los
negocio. Así se evitaría duplicar los esfuerzos
ya hechos por los organismos internacionales.
Otra idea es que además de los cumplimientos sobre las dos versiones de
los estándares internacionales para la preparación de información financiera, y
sobre la versión de los estándares de aseguramientos con su guía de aplicación para
PyMES, debemos estar alerta sobre los cumplimientos
limitados por la ley así:
Por una parte tenemos expedición de autorización para llevar contabilidad simplificada
Simplificar 1. tr. Hacer más sencillo, más fácil
o menos complicado algo.
Cumplimiento limitado con estados financieros abreviados
Abreviar 1. tr. Hacer breve, acortar, reducir a menos tiempo o espacio.
Y por último está el aseguramiento de información de nivel moderado
Moderar 1. tr. Templar, ajustar, arreglar algo, evitando el exceso.
Para poder simplificar algo
tiene que existir lo complejo o complicado, para abreviar tiene que existir lo amplio y para que exista un nivel moderado debe existir lo el nivel excesivo.
¿La obligación que tiene el gobierno de establecer unas normas para microempresa si necesita una creación de
una versión nueva del estándar PyMEs a nivel nacional? ¿No es repetición de
trabajo hacer esta versión donde ya está en curso un proyecto en un organismo internacional
que creara una guía de aplicación de los estándares PyMES para las micro
entidades? permitirá la aplicación ¿Para que inventar una norma para
microempresa?
Veamos: “En busca de la
convergencia prevista en el artículo 1° de esta Ley, tomará como referencia
para la elaboración de sus propuestas, los estándares más recientes y de mayor
aceptación que hayan sido expedidos o
estén próximos a ser expedidos por los organismos internacionales
reconocidos a nivel mundial como emisores de estándares internacionales en el
tema correspondiente, sus elementos y los fundamentos de sus conclusiones”
También veamos: “Evitará la duplicación o repetición del trabajo
realizado por otras instituciones con actividades de normalización
internacional en estas materias y promoverá un consenso nacional entorno a sus
proyectos.”
¿Y por qué nadie ayuda con esto? “El
Gobierno Nacional podrá expedir
normas de auditoría integral aplicables a los casos en que hubiere que
practicar sobre las operaciones de un mismo ente diferentes auditorías”
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"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"
Excelente artículo Dr. Hernán, es mas valdria la pena que el CTCP considerara que la tan nombrada CONTABILIDAD SIMPLIFICADA tuviese en cuenta los esfuerzos de IASB para la generación de estandares para las pequeñas empresas como el anunciado "Guidance for micro-sized entities" y con ello acercarnos mas al tratamiento que da IASB mediante las IFRS for SMEs
ResponderEliminarC.P. Juan Carlos Leyton Diaz