Si la ley 1314 ordenó una
convergencia hacia estándares internacionales para conseguir un sistema único integrado
por normas contables, de información financiera y aseguramiento, había que
partir de las divergencias.
La identificación de estas
divergencias se les encargó a unos ilustres colegas con atributos de “sabios contables”. A estos colegas se les ordenó
hacer una primera revisión para hacer proyectos de convergencia, o sea tenían que
hacer algo parecido a un “normograma” donde se identificaran las divergencias.
A los consejeros
integrantes de la autoridad de normalización técnica se les hizo saber cuáles
eran los componentes del sistema único, y que se esperaba de ellos para la formulación
de los proyectos de tal manera y con
requisitos claros se llegara a su homologación con los estándares
internacionales. Se les indicó como
manejar el tema de la conveniencia nacional y como presentar las
recomendaciones al regulador. Se
esperaba de ellos un debido proceso guiado según las practica internacional común
para estos proyectos, con ahorros de esfuerzos y con clara aplicación de la relación
costo-beneficio.
En la práctica internacional
para manejar los proyectos de convergencia hacia estándares de información financiera
se les ha pedido a la profesión contable hacer una primera revisión ( p. ej. libro
blanco en España, comités Blue Ribbon en USA) y hacer la recomendación. Sin embargo
en Colombia se les encargó a un grupo de contadores hacer la primera revisión pero
nombrándolos primero como funcionarios del gobierno en un antiguo consejo
perteneciente a la profesión contable, el
Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP).
A este nuevo CTCP se les
ordenó hacer proyectos de convergencia hacia IFRS (NIIF) en un país donde el
sistema normativo sobre contabilidad e información financiera es regulado por burócratas(sus jefes) que
hacen prevalecer las dinámicas contables prescritas en circulares y en un sinnúmero
de planes de cuentas; en donde históricamente se confundió el marco conceptual
de la contabilidad con el de información financiera; en donde los reguladores confundieron
su atribución de expedir normas técnicas prudenciales y expidieron muchas normas
técnicas contables; en donde los consejeros anteriores creyeron hacer su trabajo
expidiendo guías de contabilizaciones y doctrinas filosóficas.
Fácil era pensar que lo
que esperaba los contadores de empresas PyMEs y micros era un plan de cuenta
nuevo unificado donde se asimilaran los estándares IFRS (NIIF) y se les
permitiera a los productores de software hacer los ajustes para ofrecer sus
productos.
Fácil era pensar que los contadores
financieros esperaban una asimilación de la tecnología de marcado de XBRL para
facilitar la preparación y envió de información a los diferentes supervisores.
Fácil era pensar que todos
los contadores, académicos y empresarios esperaran subsanar la incoherencia que
se presentaba en el sistema legal contable en cuanto al cumplimiento con el
marco conceptual presente en el decreto 2649 de 1993 hacia las normas que regulan la información financiera
prescritas en el Código de Comercio, en la
ley 222 de 1995, en las circulares financieras y contable; y también era fácil pensar que se iba a subsanar la incoherencias presentes en las descripciones
y dinámicas los múltiples PUCs.
También fácil era que se pensara
que la división entre la información contable y la tributaria, así como su interdependencia
iba a ser inteligentemente planteada y que IFRS(NIIF) e información exógena tendrían
matrimonio a la converger hacia la practica XBRL-GL.
No era difícil pensar en un
“normograma” que evidenciara el cumplimiento de la primera revisión que se
esperaba que hiciera el CTCP, y desde donde se modelara el sistema único ordenado
en la ley, y desde donde se pudiera observar las áreas divergentes para
formular proyectos de convergencia normativa con IFRS (NIIF). Este mismo “normograma”
sería fácil visualizarlo como la brújula
observadora que guiara el viaje hacia la convergencia hacia la permanente evolución
de los estándares y con capacidad de interpretación bilingüe.
Comprensible es que
colegas alejados de las mejores prácticas internacionales en cuanto a la preparación
y aseguramiento de la información financiera no pudiesen contextualizar la tecnología
de marcado (XBRL) para hacer un “normograma” conectado con la taxonomía de IFRS
que ayudara a solucionar la integración de los proyectos convergentes hacia el
sistema único solicitado.
El “normograma” propuesto tendría
capacidad de interconexión con un plan único contable que podría colmar las
expectativas de los contadores que quieren ver códigos y contabilizaciones
dentro de un mar enunciaciones de
NIC-NIIF. Este plan único que debe ser el
punto de llegada para muchos de los contadores y el punto de partida para
muchos empresarios, es el gran olvido del normalizador técnico.
No hubo “sabios” en el
proceso de convergencia hacia IFRS (NIIF)
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"La capacidad, la competencia y la conducta al trabajar sobre información financiera global"
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