"Oh Contaduría Colombiana. Basta que hable un prohombre para que el hombre (contador) asienta, piense y se llene de temor. ¿Porque oponerse a lo que todos consideran cierto? ¡Insensato!" Autor: Yo
Veamos algunas citas y tratemos de terciar en ellas
"el CTCP ya no se dedicará la simple orientación técnico-científica de la profesión sino que se convierte en un organismo encargando de emitir normas sobre temas contables, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información"
En efecto el CTCP pasa a ser un órgano de orientación profesional a un órgano emisor de normas técnicas. En este nuevo contexto tiene una limitante: no puede inventar normas, tiene que liderar la convergencia hacia un único conjunto de normas de alta calidad y de aceptación mundial
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"ya no serán 8 como lo establecía antes el artículo 30 de la Ley 43 de 1990 sino que serán solamente 4 de los cuales 3 deben ser Contadores Públicos"
Lo anterior es debido al carácter de bien social que ha tomado la información financiera y las normas relacionadas con la cadena de suministro de información financiera. Al posicionarse el objetivo de utilidad para la toma de decisiones y al reconocerse la inmensa gama de partes interesadas en la información financiera, es lógico pensar que la responsabilidad por las normas que la regulan no es solamente de los contadores públicos, como si lo es las normas de actuación profesional y de ética.
"¿Llegó tarde esta reglamentación?"
Esta aseveración es difícil de interpretar y esta pregunta es difícil de contestar sin saber la intención del formulante. Si es para seguir propiciando la acusación de conspiración contra la profesión contable entonces esperemos las denuncias y el resultado de las investigaciones para que haya castigo ejemplar para quien propicie tamaña injusticia. Si es para alertar por el acortamiento del tiempo para la puesta en marcha del proceso de análisis técnico y de conveniencia de la adopción en Colombia de las normas internacionales, bienvenida la pregunta.
"Es evidente la politización de nuestro órgano rector."
"Se pondrá en juego la independencia mental de los integrantes del CTCP"
"4 personas van a converger en NIIF, que ignorancia"…… "las normas en el mundo las hacen grupos de 15 o 20 personas"
"es muy grave….que este organismo sea presidido por el delegado del presidente"
Estas citas son de los comentarios aparecidos en el portal actualícese.com a raíz del editorial, cuyos apartes se destacan en el inicio de este escrito. Artículos y comentarios como estos demuestran la necesidad de hacer pedagogía para la argumentación sobre las nuevas realidades de la Contaduría Pública Colombiana pero principio por principio, norma por norma y regla por regla.
El compromiso de luchar contra la desinformación y contra la exclusión del pensamiento técnico científico en los temas de la Contaduría Pública colombiana permite hacer las siguientes precisiones:
Hoy se reconoce que el CTCP pasa de ser un organismo de orientación profesional a uno de emisor de normas, pero que no va a hacer normas sino a analizar las internacionales para recomendarlas para el proceso legislativo. También se puede reconocer que cuatro personas podrían dirigir el debate dentro del debido proceso, siendo suficiente si se tiene claro que ellos no van a hacer normas nuevas ni normas discrepantes con las internacionales.
En el Contador Público depositan la confianza sobre información contable los usuarios de ellas. Pero estos usuarios exigen hacer parte de la discusión de las reglas del juego. La información de los negocios necesita servicios de mantenimiento de libros contables prescritos en las regulaciones nacionales, pero el nivel de automatización requiere actores especializados más allá del simple entendimiento del ciclo contable. Hay que dar aseguramiento en la preparación de estados financieros, del proceso electrónico de la información financiera, su dimensión tributaria, su divulgación a terceros y otros aseguramientos a nivel de libros y cuentas.
El Contador Público tiene tres campos fundamentales de actuación profesional: En la compilación, revisión, auditoria y otros aseguramientos relacionados con la información histórica de los estados financieros de propósito general. Este profesional durante su vida profesional y por sus experiencias y actuaciones en estos campos va tomando vías de especializaciones: Tributaria, Control de Información Financiera, Fiscalización Societaria, Análisis Financiero y Asesoría de Estrategias Empresariales.
El ejercicio profesional del Contador Público Colombiano basado en gran parte en la prestación de servicios a nivel de practicantes individuales, se contrasta con la del Contador Público de países con mercado de capital que se hace a nivel de firmas.
Los académicos colombianos ayudan a preparar gran número de contadores que aspiran a tener una remuneración salarial fija para así ayudar a combatir la pobreza, ¡su pobreza! Los programas de contaduría de las facultades hegemónicas se esfuerzan más en currículos sobre la actividad a nivel de cuentas que a nivel del aseguramiento de información financiera. Las autoridad disciplinar en Colombia otorga la certificación de "Contador Público" con certificados de experiencias en tareas contables. En contraste, en los países desarrollados los aspirantes a "Contadores Públicos", que tienen de antemano su estómago asegurado, ya que poseen título universitario en administración de negocios, tienen que someterse a un riguroso proceso de acreditación de competencias para obtener la certificación.
Los organismos internacionales relacionados con la cadena de suministro de información financiera aconsejan la formación y evaluación de competencias del "Contador" para ser "Publico". El Contador aspirante a "Publico" deberá demostrar habilidades intelectuales, interpersonales y de comunicación que permitan la solución de problemas con conocimientos de Prácticas Contables y de Información Financiera, y con Normas Contables y de Información Financiera aplicadas estas con riguroso sometimiento a los valores profesionales.
Por todo lo anterior es que se podría pensar que la nueva conformación numérica del CTCP no es lo relevante. Lo importante es la pedagogía y la capacitación previa al arranque de la discusión principio por principio, norma por norma y regla por regla.
Seis meses tiene por ley en nuevo CTCP para iniciar el proceso de discusión que le ordena la ley, este plazo se estrecha cada día numéricamente ya que faltan los concursos y las designaciones. ¿De dónde saldrá el primer estudio ordenado por la ley que tendría que presentar este organismo en el primer semestre del 2010? ¡Ya se! ¡De los estudios de armonización contratados por la Contaduría General de la Nación y del modelo resultante de la Convergencia que se está haciendo en la Superintendencia de Servicios Públicos! Felicitaciones a ambos.
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