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sábado, 13 de marzo de 2010

IFRS o Adopción de Normas Internacionales Únicas en Colombia: ¿Ya podemos empezar?

Adopción de Normas Internacionales: Ya podemos garantizar discusión con tres miembros en el CTCP, ya tenemos borradores para discutir CGN-SSPD. Ya conocemos a los voluntarios y ad honorem. ¿Entonces? Entonces pueees. ….¡eche!…

Un CTCP de cuatro miembros de los cuales tres son nombrados por el gobierno podrá sesionar con 3 miembros. La reglamentación de constitución de este CTCP  salió el tercer mes del semestre asignado para suministrar el trabajo inicial. Todavía no ha salido el decreto para la reglamentación de los concursos para la designación del cuarto miembro representante de los Contadores. No se sabe aún cuál va a ser el mecanismo para la designación de los tres representantes del gobierno.

Por otra parte la CGN tiene su modelo armonizado con normas internacionales para entes gubernamentales  y está estudiando como reglamentar la información financiera de sus empresas de negocios distintas de estos entes gubernamentales. La SSPD tiene un modelo contable contratado con una firma multinacional de auditoria, para alimentar la  “convergencia” anticipada que posteriormente debidamente refrendada por la ley  y  podría decirse que es un excelente trabajo. La CGN  está estudiando detalladamente el modelo de la SSPD para poder determinar criterios para  moverse al ritmo del mandato de la ley 1314.  

¿Porque no empezar?

Empecemos aunque el decreto que reglamenta la colaboración entre entes reguladores y supervisores de lo contable a nivel nacional no haya  sido expedido, a pesar que se conoce el proyecto. Evitemos que se siga alimentando la “colcha de retazos”. Desmontar, armonizar y adoptar normas internacionales que remplacen las respectivas circulares contables de las superintendencias no es tarea fácil, así que rápido pueees….  Solamente imaginemos el tiempo que invertiremos en las discusiones  para incorporar de las IFRS-SME, los capítulos 11 y  12(instrumentos Financieros) y 14, 15 y 16(Inversiones) a la regulaciones respectivas para las empresas que se rigen por las normas técnicas a partir del artículo 61 del 2649(Inversiones) y las dinámicas contables de la cuenta 12 del PUC para comerciantes. Menos fácil es desmontar y reemplazar las regulaciones tributarias sobre inventario, depreciación, provisión de cartera comercial, las cuales se volvieron normas técnicas para la disciplina contable en Colombia.

Empecemos entre todos, que nos es fácil para cuatro, ni tres , ni ocho desmontar el “estado de opinión”  alrededor de la idea  de seguir reglamentando la disciplina contable y abrazar la idea de que lo que hay que reglamentar es la regulación sobre suministro de información contable ( Estados Financieros de Propósito General) y el ejercicio de la Contaduría Pública. ¿Cómo podrá el CTCP hacer entender a una secta casi sagrada de contadores que la información contable es un bien público y por tanto su reglamentación necesita ser debatida por representantes de  toda la sociedad?

Empecemos,  porque cunde la desinformación: Debe preocupar que todas las capacitaciones y las preocupaciones académicas estén centradas en las IFRS-FULL y no en la IFRS-SME.  También es de preocupar que nuestra mínima doctrina contable  alrededor del 2649, de los PUCs y de las reglas para suministro de información en formatos prescritos por cada ente de vigilancia siga siendo el abrevadero de  los currículos universitarios de Contaduría Pública. Como poder hacer mirar a la academia hacia las guías de formación y de experiencia de IFAC. Como contestar ¿Cual perfil de Contador: Disciplinar o Profesional?. La mayoría de los programas de contaduría desconocen la existencia del metalenguaje XBRL para la ayuda divulgación de estados financieros.

Dejando de lado la parte de las normas de información, cabe preguntar si el nuevo CTCP podrá con la reglamentación de las normas de aseguramiento, ética y desempeño profesional de los Contadores Públicos. Comité de expertos deben apoyar al nuevo CTCP en estos aspectos ya que estas normas no tienen nada anticipado, como si lo tienen las Normas de Contabilidad y de Información.

Teniendo asegurado el inicio de discusiones en el nuevo CTCP— puede sesionar con tres miembros—, teniendo un proceso de armonización en la CGN, un proceso de convergencia anticipado en la SSPD, reconociendo la existencia de trabajos de expertos en Contaduria Publica ¿porque no conjurar la crisis con estos aportes? ¿Porque no adelantar el proceso de discusión y que se nutra con los aportes de los concursantes a la cuarta papeleta? 

Además  si ya tenemos localizados los miembros para los comités de voluntarios y AD Honorem, ¿deberíamos echar andar el carro de la “convergencia” con las directrices interpretadas por lo ocurrido en los últimos meses? 

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