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sábado, 5 de enero de 2013

¿Después de la “convergencia hacia IFRS(NIIF)” las superintendencias quedan con la potestad de seguir emitiendo normas técnicas?


La ley 1314 parecería que había puesto la casa en orden cuando ordenó un ciclo normalización técnica-regulación-supervisión, pero en los últimos decretos del regulador parece que se dejó a las superintendencias a la cabeza de la emisión de “normas en convergencia con NIIF”.
La ley dice que para expedir normas de contabilidad y de información financiera (postulados, principios, limitaciones, conceptos, normas técnicas generales, normas técnicas específicas, normas técnicas especiales, normas técnicas sobre revelaciones, normas técnicas sobre registros y libros, interpretaciones y guías), la autoridad de regulación lo debe hacer  con el fundamento en las propuestas que deberá presentarles el organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información.
La vigilancia del cumplimiento de estas normas quedó en cabeza de las entidades estatales como autoridad de supervisión (léase superintendencias)
Estas mismas superintendencias quedaron autorizadas para  expedir normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad y de información financiera y de aseguramiento de información.
En los últimos decretos del regulador nace una responsabilidad sobre algo llamado “normas en convergencia con NIIF” en cabeza de las superintendencias
Esta última autorización, que debe ser de “normas técnicas especiales”, parecería que quedó condicionada a las recomendaciones del CTCP ya que “deberán producirse dentro de los límites fijados en la Constitución, en la presente Ley (1314) y en las normas que la reglamenten y desarrollen”
Creo que debemos lanzar todas las alertas para que la incongruencia y el caos normativo en lo contable no se apoderen otra vez del país.


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