Los niveles de aseguramiento de información empiezan desde la misma compilación de estados financieros e incluyen su revisión y auditoría; otro nivel de aseguramiento tienen que ver con los procedimientos acordados.
A nivel mundial existen ambientes regulativos sobre el aseguramiento de información que compiten por su aceptación mundial. En Europa donde los actores principales a nivel de emisión de normas existen IASB, IFAC, EC, EFRAG y ACA. La norteamericana con actores como FASB, AICPA, SEC, PCAOB. Otros ambientes regulativos están dados por los esfuerzos nacionales de países importantes con gran poder dentro del contexto internacional: Inglaterra, Australia, Sur África y Canadá. Estos últimos actores, si bien siguen los pasos de los países europeos, tienen gran influencia en el concierto de emisión de normas internacionales. Sin embargo, es bueno resaltar que como el objetivo principal de estos esfuerzos es generar confianza pública en el inversionista, apenas hasta ahora se están dando pasos importantes para atender el aseguramiento de información para actividades ajenas al mercado de capital.
Así las cosas, a nivel de cuerpo de normas solamente se nos hacen visibles en nuestro contexto latinoamericano las de información financiera US GAAP e IFRS/IAS, las de Aseguramiento de información SAS/AS e ISA, y los códigos de conducta AICPA e IFAC.
En Colombia contamos con un adelanto muy importante a nivel estas regulaciones en el campo exclusivo del procesamiento contable y la información a nivel de cuentas. Adelanto este que si bien nos obliga a invertir mucho tiempo en su defensa, no nos permite avanzar a los otros campos de la cadena de suministro de información como bien público. Para estos propósitos del tratamiento de la información como bien público, tenemos que necesariamente aceptar darles visibilidad a otros actores de esta cadena. Usuarios, analistas, reguladores y políticos presionan hoy en día para ser oídos cuando se trata de sus intereses en la información contable y financiera.
Veamos, en Colombia se le ha dado mucha más importancia a la fuente de información a nivel de cuenta cuando elevamos a nivel de regulación legislativa los planes de cuentas; y cuando todavía nos centramos en la defensa de la interventoría de cuentas por razones románticas o por esfuerzos de crear doctrina propia. Más aun, la auditoría comienza y acaba con la prueba de "cuadre" de saldos de cuentas para cumplir las obligaciones normativas de verificar la ocurrencia y la existencia de lo que representa cada cuenta. Consecuentemente, la cultura de profundizarnos en la observación de los flujos (Flux) nos ha dado poca experiencia en la representación de las existencias (stock); y esto nos ha generado una relativa tardanza para estudiar y adquirir competencias para emitir juicios en la aplicación de principios y reglas generales; consecuentemente la oportunidad para adquirir habilidades para aplicación de reglas específicas de reconocimiento, medición, valuación y monitoreo en ambiente de diversidad normativa no se nos ha dado. La excepción es la observación de flujos y existencias en la dimensión tributaria de la información, donde se nos ha posibilitado una especialización que se ha convertido connatural a la Contaduría.
Así las cosas, hemos recibió el legado consistente en un marco normativo y una ordenación de reglas contables alrededor de este marco. Bajo estas premisas se justifica y se le debe dar importancia a nuestros 2649, 2650 y demás resoluciones creadoras de PUCs y de reglas de divulgación. Aquí se debe reclamar no la importancia de la autoría de nuestra legislación contable, ni su preeminencia sobre las normas internacionales, si no la cultura profesional construida alrededor de ella.
El emprendimiento de una reacomodación de nuestra colcha de retazos, no sin antes rendirles el tributo que se merecen, debe obedecer a la inspiración de la mayoría de edad intelectual y profesional de la Contaduría Profesional Colombiana. Intentar aprovechar esfuerzos intelectuales profundos de dos románticos y avezados colegas acuciosos políticos para reemplazar el llamado a la globalización responsable, no es ni justo con el interés público ni obedece a la democracia participativa que inspira nuestra constitución. Aprovechar este esfuerzo orientativo de ellos para contrastarlos con los quereres de la globalización sería en principio una nueva orientación hacia reglas únicas de alta calidad y de aceptación mundial.
El Consejo Técnico de la Contaduría por mandato de la ley debe abocarse al estudio de las diferentes reglas insertas en las normas de información y aseguramiento de aceptación mundial; y debe proponer su aceptación cuando pueda probar la viabilidad técnica y la conveniencia nacional, pero teniendo en cuenta los criterios expuestos en los objetivo de dicha ley. No obstante la divergencia política interna por aspiraciones legitima de la izquierda colombiana frente a una decadente economía de mercado, este Consejo debe emprender un estudio técnico principio por principio, norma por norma y regla por regla contrastando las nuestras con las emitidas por el organismo correspondiente emisor de norma. Como conclusión de este estudio el CTCP debe proponer su aceptación o rechazo con criterio integral. El rechazo debería necesariamente llevar una propuesta alternativa para su legislación en el congreso. La recomendación de aceptación conllevaría a la expedición de la norma por conducto de la instancia gubernamental prevista en la ley.
Ahora bien, al analizar las tendencias normativas presentadas al principio de este escrito, lo que nos queda por concluir seria cuál de las dos tendencias claramente visibles en el contexto internacional debemos seguir por mandato de la ley. Si el criterio fuera por importancia del medio donde se aceptan o se permiten, entonces las regulaciones norteamericanas (FASB/AICPA/PCAOB) serían las indicadas. Si por el contrario el criterio escogido fuera por el número de jurisdicciones geográficas donde operen entonces serían las emitidas por IASB/IFAC. Una tercera vía a considerar seria las tan añoradas normas únicas de aceptación mundial.
Para efectos de materializar estas normas únicas de reportes financieros propuestas para esta tercera vía, tendríamos que proponer aquellas que han salido y puedan salir del esfuerzo de convergencia de FASB-IASB. Este esfuerzo de convergencia tiene todavía escollos por salvar, consistentes estos principalmente en la fundamentación en principios o en reglas específicas, unificación de criterios generales y reglas específicas del manejo del valor razonable, reglas específicas demandadas por los intereses nacionales, reglas para grupos de interés económico y otros grupos de interés, el blindaje contra la influencia desmedida de los intereses de los políticos patrocinados.
Sin embargo, esta tercera vía considerada por todos cuando se reconoce la necesidad de las normas únicas, se cristalizaría solamente cuando USA dé el paso hacia la permisividad de las IFRS por parte a las empresas norteamericanas. No menos importante es que la FASB tendría que buscar el camino para que sus esfuerzos existenciales no se ahoguen ante la arrasadora existencia de los esfuerzos IASB apoyado por los intereses europeos. Esto solamente se podría lograr con la fusión de IASB-FASB en un solo órgano supranacional cuyo único interés sean las normas únicas sin contaminación de interés políticos patrocinados. La última recomendación para esta tercera vía es trasladar también a un organismo internacional, ya sea certificador o supervisor, la observancia del cumplimiento íntegro de las normas acordadas como únicas.
Si nos vamos hacia el cumplimiento certificado, entonces debemos embarcarnos en el proyecto de definir las competencias profesionales. Para aprovechar el camino andado por otros en este tema, es necesario identificar la entidad más posibilitada para certificar las competencias profesionales de los contadores a nivel internacional. También sería necesario hacer un llamado a los programas de contaduría pública para iniciar el rediseño curricular por competencias.
Retomando el punto de las normas únicas, primero se debería hacer un llamado a considerar que la unión que se pide en Contaduría Pública no es posible y no es saludable, ya que siempre existirán maneras diferentes de abordar la solución del bien común. Pero lo que si deberíamos hacer es propiciar los canales democráticos donde se promocione la participación amplia sin exclusiones por antipatías personales. Solamente así llegaremos a la decisión democrática sobre que normas son más técnicamente adecuadas y convenientes a los intereses nacionales, pero según la opinión de la mayoría participativa en todos los grupos de interés legítimos.
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